SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0491/2023-S2
Fecha: 06-Jun-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados se establece lo siguiente:
II.1. Consta Auto Interlocutorio 02/2022 de 18 de enero de consideración de situación jurídica, mediante el cual Guillermo Pongo Pongo, Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Chulumani del departamento de La Paz, en suplencia legal de su homónima de La Asunta del referido departamento, amplió el plazo de la detención preventiva de Marcisa Oyardo Serrano -ahora accionante- por un mes, determinación que fue recurrida en apelación (fs. 3 a 5 vta.) y remitida mediante nota de 19 de enero de dicho año, ante el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, siendo recibida el 24 de enero del mencionado año (fs. 6).
II.2. Cursa decreto de 25 de enero del mismo año, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de la Paz, disponiendo la devolución de los actuados hasta que se subsane la observación relativa al Auto Interlocutorio 71/2021 de 20 de noviembre (fs. 7).
II.3. Consta nota de 11 de febrero de 2022 de remisión de Resolución 28/2022 de 19 de enero en fotocopia legalizada (fs. 22 vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Con relación a la legitimación pasiva del personal de apoyo jurisdiccional, la SCP 0464/2018-S4 de 27 de agosto, citando a su vez a la SCP 1437/2015 de 23 de diciembre, estableció que: “`La jurisprudencia constitucional 6 estableció que los funcionar