SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0532/2023-S2
Fecha: 12-Jun-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancias de Futuro de Bolivia S.A. AFP contra Franklin René Urquidi Selaya -ahora accionante- y otros, por la presunta comisión de delitos previsionales y apropiación indebida de aportes, el prenombrado planteó incidente de nulidad de imputación, excepción de falta de acción e incidente de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, que fueron declarados infundados por el Juez de Instrucción Penal Quinto de la Capital del departamento de La Paz, mediante el Auto Interlocutorio 24/2018 de 23 de enero (fs. 3 a 14).
II.2. Contra la precitada Resolución, el ahora peticionante de tutela, planteó recurso de apelación incidental; instancia en la cual, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista 192/2021 de 18 de mayo, declarando admisible e improcedente las cuestiones planteadas; consiguientemente, confirmó la Resolución apelada (fs. 15 a 18), con el que fue notificado el 13 de septiembre de igual año (fs. 19 vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Respecto a la segunda finalidad, tanto la SCP 2221/2012 como la SCP 0100/2013, señalan que la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión sin motivación, con motivación arbitraria, insuficiente y por la falta de coherencia del fallo.