SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0544/2023-S2
Fecha: 12-Jun-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. El Memorándum U.RR.HH. 234/2021 de 5 de abril; por el cual, se designó a Griselda Brito Carazani -hoy accionante- en el cargo de Médico General del Hospital Poconas, dependiente del SEDES Chuquisaca, con el Ítem 7990 de la planilla TGN (fs. 2).
II.2. Cursa Memorándum U. RR.HH. 387/2021 de 11 de mayo, suscrito por el Director Técnico y el Jefe de RR.HH. ambos del SEDES Chuquisaca -entidad demandada-; mediante la cual, se agradece los servicios a la impetrante de tutela como Medico General del Hospital de Poconas, en la que consta que se le notifico en forma personal negándose a recibir la misma (fs. 72 y vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En el marco de lo señalado, la acción de amparo constitucional forma parte del control reforzado de constitucionalidad o control tutelar de los derechos y garantías, al constituirse en un mecanismo constitucional inmediato de carácter preventivo y re