SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0600/2023-S1
Fecha: 12-Jun-2023
II. CONCLUSIONES
Realizada la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Por Resolución Administrativa Departamental 1059/2016 de 30 de diciembre, Felix Patzi Paco, en su condición de Gobernador del Departamento de La Paz, resolvió la improcedencia de la propuesta de delimitación presentada por Tomas Machaca Ascencio en su condición de Alcalde Municipal de Palca (fs. 140 a 148 vta.).
II.2. Mediante Resolución Liquidación por Determinación Mixta 46481/2017 de 31 de agosto, la Administración Tributaria Municipal de La Paz, estableció un adeudo tributario por concepto del IMPBI, respecto al Inmueble con Registro 202588, ubicado en calle Las Retamas 518 zona Cota Cota, por las gestiones fiscales impagas 2013, 2014 y 2015 (fs. 181 a 182). Notificada a Pamela Romano Aliaga, ahora accionante, de forma masiva el 7 de noviembre de 2017 (fs. 181 vta.).
II.3. En el proceso BI1-258/2018, emitida la Resolución Determinativa 43 de 25 de abril de 2019, por la Administración Tributaria Municipal de La Paz, a través de la cual estableció de oficio sobre base cierta la obligación tributaria de Pamela Romano Aliaga en el importe de UFV’s23 615,64.-(veintitrés mil seiscientos quince 64/100 unidades de fomento a la vivienda) por el IMPBI, más intereses y sanción por omisión de pago respecto a la gestión fiscal 2016, más la multa de UFV’s2361,56.-(dos mil trescientos sesenta y un 56/100 unidades de fomento a la vivienda) por incumplimiento de deberes formales correspondiente al inmueble con registro 202588 ubicado en la calle Las Retamas 518 zona Cota Cota de la ciudad Nuestra Señora de La Paz; esta fue objeto de impugnación a través del recurso de alzada tramitado ante la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria (ARIT) La Paz, misma que resolvió mediante Resolución del Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0976/2019 de 6 de septiembre, anular obrados hasta la Vista de Cargo 17 Proceso BI1-258/2018 de 11 de febrero de 2019 inclusive; disponiendo que la Administración Tributaria Municipal, previo a iniciar sus facultades de control y fiscalización del referido impuesto, relativo al inmueble en cuestión, deberá asegurar que se encuentra plenamente definida la jurisdicción municipal a la que pertenece el mencionado inmueble (fs. 80 a 89).
II.4. Planteado el recurso jerárquico por la Administración Tributaria Municipal, en contra de la Resolución del Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0976/2019, este fue resuelto por la AGIT a través de la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1346/2019 de 2 de diciembre, por medio de la cual el Director Ejecutivo General de la AGIT resolvió confirmar en su integridad el fallo cuestionado (fs. 91 a 100 vta.).
II.5. A través del Proveído de Inicio de Ejecución Tributaria I.M.P.B.I.-GAMLP/ATM/UPCF/SEAT/ 34904/2019 de 15 de octubre, la Administración Tributaria Municipal de La Paz, comunicó a Pamela Romano Aliaga, titular del inmueble con registro 202588, ubicado en calle Las Retamas 518, que encontrándose firme la Resolución Liquidación por Determinación Mixta 46481/2017 y al constituirse dicho acto en título de ejecución tributaria en mérito a lo previsto en el art. 108.I.7 del CTB, concordante con el art. 4 del DS 27874 de 26 de noviembre de 2004, para que en el plazo perentorio de tres días corridos e improrrogables pague la suma de Bs385 234.- (trescientos ochenta y cinco mil doscientos treinta y cuatro bolivianos) por concepto del IMPBI por las gestiones 2013, 2014 y 2015, bajo conminatoria de vencido el plazo, aplicarse las medidas coactivas que dispone la ley (fs. 112).
II.6. Mediante Orden de Fiscalización 786 Proceso BI1-0786/2021 de 7 de octubre, la Administración Tributaria Municipal de La Paz, inició el proceso de fiscalización por Determinación de Oficio ante el presunto incumplimiento de pago de las obligaciones tributarias del IMPBI, correspondiente al inmueble registrado en el Padrón Municipal de Contribuyente como inmueble 202588, ubicado en calle Las Retamas 518, zona Cota Cota respecto a las gestiones 2016, 2017, 2018, 2019 (fs. 101). Orden de Fiscalización que fue notificada por cédula a la ahora accionante el 19 de noviembre de 2021 (fs. 103).
II.7. A través del memorial presentado el 6 de septiembre de 2021 ante la Dirección de Administración Tributaria Municipal de La Paz, Pamela Romano Aliaga, a tiempo de devolver la notificación de recordatorio de pago de adeudos tributarios de las gestiones 2013 a 2019, solicitó se proceda a dar de baja al Padrón Municipal de Contribuyente, respecto al inmueble 202588 (fs. 77 a 78 vta.).
II.8. Por Nota CITE: GAMLP/ATM/UPCF/SEAT/NOT 1978/2021 de 12 de noviembre, la Dirección de Administración Tributaria Municipal de la Alcaldía de La Paz, solicitó al Director General Ejecutivo a.i. de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), la retención de fondos de las cuentas corrientes, cajas de ahorros o depósitos con relación a Pamela Romano Aliaga, con C.I. No. 4746557 LP., hasta el pago total de la deuda cuyo importe asciende a Bs385 234.- más accesorios y multas que deberán ser actualizadas a la fecha efectiva del pago (fs. 116).
II.9. La accionante, a través de su abogado, mediante memorial presentado el 24 de noviembre de 2021 ante la Dirección de Administración Tributaria Municipal de La Paz (hoja de ruta 77554), devolvió la notificación efectuada el 19 de ese mes y año con una nota de inicio de proceso y solicitó la baja de su inmueble del Padrón Municipal de Contribuyentes (fs. 105 a 106 vta.).
II.10. Pamela Romano Aliaga, mediante memorial presentado el 20 de diciembre de 2021 solicitó ante la Dirección de Administración Tributaria Municipal de La Paz, la nulidad de la Resolución Liquidación por Determinación Mixta 46481/2017, asimismo se anule el padrón municipal de contribuyente 4746557018 y la cesación de la medida “precautoria” de retención de fondos en contra de la titular del inmueble 202588 (fs. 113 a 114 vta.).
II.11. Mediante memorial presentado el 28 de enero de 2022, ante la Dirección de Administración Tributaria Municipal de La Paz, Pamela Romano Aliaga, a través de su abogado, solicitó se dé cumplimiento a lo determinado en la Resolución del Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0976/2019, reiterada por la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1346/2019, se anulen los actos ilegales y se restituyan sus fondos retenidos (fs. 118).
II.12. Por Proveído CITE: GAMLP/ATM/UFCCF/SCC/PROV 16/2022 de 7 de marzo, funcionarios del GAM de La Paz, respondieron a las solicitudes de la accionante presentadas el 20 de diciembre de 2021 y 28 de enero de 2022, indicando que corresponde dar continuidad a la ejecución tributaria respecto a la Resolución Liquidación por Determinación Mixta 46481/2017 (fs. 173 y vta.). Proveído que fue notificado en Secretaría a la accionante el 30 de marzo de 2022 (fs. 174).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- II.13. Por Proveído 22/2022 de 8 de marzo, funcionarios de la Administración Tributaria Municipal del GAM de La Paz respondieron al memorial presentado por la accionante el 24 de noviembre de 2021, indicando que el inmueble 202588 fue registrado de