SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0624/2023-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0624/2023-S1

Fecha: 12-Jun-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes, se establece lo siguiente:

II.1.    Mediante Resolución 242/2021 de 17 de abril, el Juez de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero de El Alto del departamento de La Paz, dispuso la detención preventiva del imputado Bryam Omar Tito Condori por la presunta comisión del ilícito de asesinato, y sea en el centro de Qalauma considerando la edad que tiene el mismo   (fs. 3 a 5).

II.2.    Por Auto Interlocutorio de Situación Jurídica 288/2021 de 21 de octubre, el Juez de Instrucción Penal Sexto de El Alto del departamento de La Paz, rechazó la solicitud interpuesta por la defensa del imputado de conceder la cesación a la detención preventiva y aceptó la solicitud de ampliación de detención preventiva solicitada por el Ministerio Público, por el plazo de treinta días, es decir, hasta el 18 de noviembre de 2021. Se señaló audiencia para la indicada fecha a horas 11:00 (fs. 7 y vta.).

II.3.    El 16 de noviembre de 2021, el Ministerio Público presentó resolución de acusación formal contra Bryan Omar Tito Condori y otra por la presunta comisión del delito de asesinato (fs. 8 a 12 vta.).

II.4.    Cursa Circular 23/2021-SP-RDJLP, emitido por la Sala Plena del Tribunal de Justicia de La Paz, que dispuso fijar la vacación anual colectiva desde el martes 7 de diciembre hasta el 31 de diciembre de 2021, señalando en el punto I.4 que las “señoras y señores del Área Penal se les recuerda la obligación que tienen de entregar a los juzgados de turno todos los expedientes con detenidos preventivos, detenidos domiciliarios; así como de los declarados rebeldes, deben también entregar los libros de presentación de los imputados, todo hasta el día lunes 06 de diciembre de 2021, bajo estricto inventario y los cuidados necesarios” (sic [fs. 13 a 21]).

II.5.    Consta el certificado de incapacidad temporal a nombre de Iván Danner Alanoca Alanes, emitido por la Caja de Salud, desde el 29 de noviembre de 2021 al 5 de diciembre del mismo año y del 6 de diciembre al 12 de diciembre de 2021 (fs. 40 y 41).

II.6.    Mediante informe de 24 de diciembre de 2021, dirigido a la Sala Constitucional Primera del departamento de la Paz;  Ana Gabriela Rodríguez Aguilar, Técnico de Biblioteca en suplencia legal de la supervisora de plataforma de atención al público e informaciones El Alto, hizo conocer que de la revisión del Sistema Integrado de Registro Judicial (SIREJ) no se encontró ningún tipo de remisión efectuado por el Juzgado de Instrucción Penal Sexto de El Alto a plataforma de atención al público e informaciones-El Alto, ya sea por vacación judicial o por acusación conclusiva como refirió el accionante, que se encuentra de turno como establece la Circular 23/2021-SP-TDJLP (fs. 45).

II.7.    Mediante informe de Rudy Quispe Huanca, Secretario Abogado del Juzgado de Instrucción Penal Tercero del El Alto del departamento de La Paz, a la Sala Constitucional de El Alto, señala que de la revisión de oficios de remisión, así como las listas de cuadernos jurisdiccionales remitidos por el Juzgado de Instrucción Penal Sexto de El Alto, el cuaderno con                   CUD 20152022106127, no fue remitido a su Juzgado, por lo que al no tener los antecedentes del proceso se imposibilita dar mayor información (fs. 47).

II.8.    Cursa imagen fotográfica del oficio cite 498/2021 de 7 de diciembre emitido por Jorge Freddy Gutiérrez Ramos, Juez de Instrucción Penal Sexto de El Alto, nota que refiere a la remisión de cuaderno de control jurisdiccional dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Helen Zulema y Bryan Omar Tito seguido por la comisión del supuesto delito de asesinato con CUD 201502022006127 en cumplimiento a la Circular 23/2021 SP-TDJLP, mismo que lleva sello de recepción del 24 de diciembre de 2021, a horas 10:40 en el Juzgado Instrucción Penal Tercero de El Alto. (fs. 31.).