SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0558/2023-S4
Fecha: 04-Jul-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Resolución 001/2021 de 3 de marzo, el Consejo Nacional de Ayllus y Markas de Collasuyu (CONAMAQ-BOLIVIA) resolvió: “1.- Suspender de manera temporal al tata Apolinar Apaza Mamani, Jiliri Apu Mallku y Mama Talla del CONAMAQ por el caso ocurrido en desmedro de la institución originaria y del estado plurinacional con sanción de acuerdo a las normas y procedimientos propios y el estatuto orgánico del CONAMAQ de acuerdo a nuestros procedimientos Propios y Estatuto orgánico para que se defienda del caso arriba mencionado por la JIOC.” (sic [fs. 88 a 89 vta.]).
II.2. Cursa Resolución CONAMAQ 02/2021 de 10 de marzo; por la que, el CONAMAQ resolvió en su segundo punto “Segundo.- Determina la SUSPENSION del hermano TATA JILIRI APU MALLKU APOLINAR APAZA MAMANI por el consejo hasta el mara tantachawi a través de la resolución nro.01.2021” (sic [fs. 90 a 93 vta.]).