SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0580/2023-S4
Fecha: 10-Jul-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por memorial presentado el 18 de mayo de 2021, Adela Llanquichoque, Fiscal de Materia, informó al Juez de Instrucción Penal Primero de Palos Blancos de la indicada provincia y departamento, el inicio de investigación penal, presentando al mismo tiempo imputación formal contra Miguel Ángel Mollo Sepúlveda, por la presunta comisión del delito de violación con agravante, tipificado en el art. 308 y 310 num. 1) del Código Penal, solicitando la aplicación de medida cautelar de carácter personal (fs. 5 a 12).
II.2. Mediante Resolución 35/2021 de 18 de mayo, el Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Palos Blancos, provincia Sud Yungas del departamento de La Paz, dispuso la detención preventiva del imputado Miguel Ángel Mollo Sepúlveda en el Centro Penitenciario de San Pedro de La Paz, por el plazo de seis meses. Decisión que en relación a la probabilidad de autoría se basó en el Certificado Médico Forense de 17 de mayo de 2021; por el que, se señaló que la paciente NN presenta desfloración y desgarros himeneales recientes y antiguos, con lesiones genitales recientes, producidos por la introducción dentro de la vagina de un objeto tal como un pene en erección o toques impúdicos; asimismo, el informe del equipo interdisciplinario de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Palos Blancos, por el cual, luego de la entrevista a la víctima, concluye que, a nivel cognitivo la adolescente víctima tiene orientación en lugar, persona y espacio en cuanto a la identificación de la persona que la habría agredido, lo que hace aplicable la presunción de verdad de los hechos denunciados; sumando ello a la declaración de las testigos Inés Limachi Apaza, Nora Quispe Titirico y María del Carmen Rojas Huarachi, que dan cuenta de la existencia de la probable comisión del hecho delictivo por el imputado (fs. 14 a 25).
II.3. A través de Resolución 03/2022 de 18 de marzo, Adela Llanquichoque, Fiscal de Materia de Palos Blancos, provincia Sud Yungas del departamento de La Paz, emitió sobreseimiento a favor de Miguel Ángel Mollo Sepúlveda, por el delito de violación con agravante, previsto en los arts. 308 y 310 num. 1) del Código Penal (CP), argumentando que no existe material probatorio incriminatorio en contra del imputado que permita demostrar su participación y autoría. Decisión basada en los siguientes argumentos: 1) El certificado médico forense establece que, en cuanto al examen general, no existe ningún rasgo de violencia en la víctima (físico, genital, paragenital y examen anal); en cuanto al examen psicológico de la menor, no especifica claramente lo sucedido; es decir, no se cumple con las exigencias de modo, tiempo y lugar de la comisión del hecho; puesto que, los hechos relatados por la denunciante son contradictorios y confusos y la declaración de la madre no estableció ninguno de los hechos relatados; 2) La declaración ampliatoria realizada al imputado establece que el día y la hora del hecho (17 de mayo de 2021, hrs. 7:30 a 7:45 a.m.) se encontraba con su hijo Oscar Gabriel Mollo Gonzales, dejándolo para que pase clases, dato que es coherente con la declaración testifical de Mario Flores, que señala que en dicha hora y fecha el imputado fue visto llevar en su moto dejándolo a su hijo como era habitual, descartándose de esa manera la comisión del hecho en dicho tiempo y lugar; y, 3) La prueba pericial científica (Dictamen Pericial de 2 de agosto de 2021), no demostró la participación del imputado en el hecho, al establecer que a la menor NN no se le encontró presencia de espermatozoides; en ese mismo sentido, el Dictamen Pericial del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), de 16 de noviembre de 2021, concluyó que no se obtuvo material genético correspondiente a un varón, y que el perfil genético obtenido en la parte genital de la menor no tiene relación con el perfil genético del imputado (fs. 80 a 82 vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En el contexto analizado, el matrimonio infantil, en que uno o ambos cónyuges sean menores de dieciocho años, constituye una violación de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que establece que “sólo mediante libre y pleno consentimiento de l