SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0589/2023-S4
Fecha: 10-Jul-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta acta de audiencia pública de consideración de cesación a la detención preventiva de 10 de marzo de 2022 de Antonio Álvaro Choque Apaza –ahora impetrante de tutela– dentro del proceso por la presunta comisión del delito de violación a niño niña y adolescente con CUD 20286530, la cual se llevó a cabo en el Juzgado de Instrucción Anticorrupción, y Contra la Violencia Hacia la Mujer Segundo del departamento de La Paz, presentes en dicha audiencia el Ministerio Publico, la Víctima, el imputado –hoy accionante– ambos acompañados de sus abogados y ausente la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, en dicha audiencia se dictó la Resolución 74/2022, la cual dispuso recalzar la solitud de cesación a la detención preventiva requerida por el ahora accionante (fs. 15 vta.).
II.2. Cursa nota con Cite 63/2022 de 18 de marzo de 2021 de remisión de antecedentes originales del Juzgado de Instrucción, Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Segundo del departamento de La Paz, por apelación incidental a la Resolución 74/2022, a la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia del mismo departamento, recepcionada esta por dicha Sala el 21 de igual mes y año, la cual mereció providencia de 22 de marzo de 2022, que observó que del legajo de apelación advirtió –Jorge Antonio Zapata Ramos Secretario de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz– que no se tenía la notificación con la citada resolución a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, la cual es parte del proceso penal en contra del hoy solicitante de tutela; por ello, dispuso que se devuelvan obrados al Juzgado de origen para que subsane esa situación (fs. 19 vta. y 20).