SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2023-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2023-S4

Fecha: 12-Jul-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Consta Carta de reconocimiento de deuda por parte de María Virginia Justiniano Romero –impetrante de tutela–, dirigida a la Clínica Pro Familia S.R.L, haciendo conocer el reconocimiento de deuda y compromiso de pago por la suma de Bs30 940.- en favor de la referida Clínica y por concepto del suministro de medicamentos a la Farmacia Ver Salud S.R.L., la suma de Bs4 588.- (cuatro mil quinientos ochenta y ocho), adjuntando una carta dirigida a Notario de Fe Pública con la consigna que inserte en los registros de escrituras que corren a su cargo, dicho reconocimiento de deuda y compromiso de pago (fs. 12 a 15 vta.).

II.2.  Cursa Recibos de “amortización” por concepto de atención médica en favor de la Clínica Pro Familia S.R.L por la suma de Bs1 000 (mil 00/100 bolivianos) y Bs500.- (quinientos bolivianos); y recibos “amortización a cuenta de medicamentos” en favor de la Farmac.- (seiscientos noventa) (fs. 20 a 21).