SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0665/2023-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0665/2023-S4

Fecha: 25-Jul-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Por Contrato 53/2022 de 28 de septiembre, reconocido en sus firmas y rubricas ante Notario de Fe Pública, se establecen las condiciones generales, derechos y obligaciones de la Escuela de Jueces del Estado y el estudiante César Daniel Yampara Laura –ahora impetrante de tutela–, dentro del Tercer Curso de Formación y Especialización Judicial en Área Ordinaria (fs. 2 a 6).

II.2.    Mediante nota UFO-EJE Cite 0024/2023 de 3 de enero, la Escuela de Jueces del Estado, a través de la Jefatura de la Unidad de Formación y Especialización (sin dato de recepción), requiere a Cesar Daniel Yampara Laura, su renuncia oficial a dicho programa de formación y especialización, al haber sido designado como juez de carrera por el Consejo de la Magistratura, encontrándose en ejercicio de la función jurisdiccional; requerimiento que mereció respuesta negativa del estudiante ahora solicitante de tutela (fs. 7 a 8; y, 9 a 10 vta.).

II.3.    Por Resolución Administrativa de Dirección General 12/2023 de 30 de enero, el Director General de la Escuela de Jueces del Estado resolvió el Contrato 53/2022, suscrito entre César Daniel Yampara Laura y la mencionada entidad, disponiendo no aplicar ningún reembolso a la Escuela de Jueces del Estado sobre el dinero invertido en la formación del citado estudiante en el Tercer Curso de Formación y Especialización Judicial en Área Ordinaria, desvinculándolo del grupo de estudiantes admitidos al indicado programa formativo y excluyéndolo de la plataforma virtual, además de restringir su acceso a las actividades tanto virtuales como presenciales en desarrollo y futuras del mismo (fs. 11 a 16 vta.).