SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0752/2023-S3
Fecha: 17-Jul-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta Certificado de Nacimiento 0963195 del menor de edad AA, nacido el 23 de agosto de 2021 registrando como sus progenitores a Víctor Giovanni Rubín de Celis Arispe -hoy accionante- y Carla Alejandra Quiroga Paredes (fs. 3).
II.2. Cursa Memorando PE-DARH-008/2022 de 4 de enero de agradecimiento de servicios, emitido por Eugenio Mendoza Tapia, Presidente Ejecutivo a.i. de la Corporación Minera de Bolivia -ahora accionado-, por la cual, se agradeció los servicios del accionante que desempeñaba en el cargo de Jefe del Departamento Jurídico (fs. 4).
II.3. Mediante Orden de Pago 28 de 13 de enero de 2022, la COMIBOL autorizó el pago de Bs47 638,15.- por liquidación de los beneficios sociales en favor del accionante de acuerdo a Informe Jurídico DGAJ-INF-019/2022 de 10 de enero, Nota de Conformidad Instrucción de Pago DARH-087/2022, Formulario de Finiquito de 17 de enero de 2022 llenado y calculado con la información de la Dirección de Recursos Humanos autorizado con Hoja de Ruta 33/2022 (fs. 49).
II.4. Se tiene boleta de depósito bancario efectuado por la COMIBOL, el 17 de enero de 2022 a la cuenta del accionante en el Banco Unión S.A por suma de Bs47 638,15.- (fs. 51).
II.5. Mediante Formulario de Finiquito de 17 de enero de 2022 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social el accionante refirió “YO, VICTOR GIOVANNI RUBIN DE CELIS ARISPE MAYOR DE EDAD, CON C.I. Nº 4809755 LA PAZ DECLARO QUE EN LA FECHA RECIBO A MI ENTERA SATISFACCION, EL IMPORTE DE 47.638,15 Bs POR CONCEPTO DE LA LIQUIDACION DE MIS BENERFICIOS SOCILAES, DE CONFORMIDAD CON LA LEY GENERAL DE TRABAJO, SU DECRETO REGLAMENTARIO Y DISPOSICIONES CONEXAS” (sic), documento que fue firmado el 17 de enero de 2022, por la autoridad hoy accionada y Rosa Esperanza Flores en representación del Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social (fs. 52 y vta.); asimismo cursa comprobante de depósito a la cuenta del referido Ministerio efectuado el de 18 del igual mes y año, por concepto de registro y refrenda de finiquitos del empleador correspondiente al accionante (fs. 53).