SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0776/2023-S3
Fecha: 19-Jul-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Minuta de Contrato ALD - ADO 404/2015 de 4 de diciembre, de servicios para el “SERVICIO SUPERVISIÓN TÉCNICA EXTERNA DE OBRA CONSTRUCCIÓN DEL MATERNO INFANTIL SANTA CRUZ CPS SANTA CRUZ”, suscrito entre la CPS Santa Cruz, representada por Jaime Blanco Aguayo, y la Asociación Accidental “Materno Infantil”, conformada por las empresas “CONBOLAT” -unipersonal-, “TRICHACO S.R.L.” y CIUDAD CONSTRUCCIONES S.R.L.”, en cuya Cláusula Vigesimoprimera se estipula: “En caso de surgir controversias sobre los derechos y obligaciones de las partes durante la ejecución del presente contrato, las partes acudirán a los términos y condiciones del contrato, DBC, propuesta adjudicada, sometidas a la jurisdicción coactiva fiscal” (fs. 32 a 37 vta.).
II.2. Mediante Carta de intención de resolución de Contrato de 6 de noviembre de 2019, Jorge Alberto Bravo Vaca, en representación legal de la Asociación Accidental “Materno Infantil” -ahora parte accionante-, comunicó a Margarita Flores Franco, Directora General Ejecutiva de la CPS Santa Cruz, la intención de resolución de Contrato ALD-ADO 404/2015; dicha misiva fue entregada por el Notario de Fe Pública 68 de Santa Cruz de la Sierra, en la Oficina Administrativa de la CPS Santa Cruz, el 7 de noviembre de 2019 (fs. 20 a 23 vta.).
II.3. A través de la Carta Notariada de 29 de noviembre de 2019, la parte accionante, comunicó a Edgar Villegas Gallo, Director General Ejecutivo de la CPS Santa Cruz, la resolución del Contrato ALD-ADO 404/2015, invocando la CLAUSULA VIGESIMA del mismo; que también fue entregada al Director Ejecutivo de la CSP Santa Cruz, por el Notario de Fe Pública 68 de Santa Cruz, el 29 de noviembre de 2019 (fs. 24 a 27 vta.).
II.4. Cursa Carta de 29 de noviembre de 2019, dirigida a Edgar Villegas Gallo, Director General Ejecutivo de la CPS Santa Cruz, mediante la cual la parte accionante contestó a la Carta de intención de resolución de Contrato con Cite CNF-3655/2019 de 5 de junio, que habría sido publicada por la entidad contratante hoy accionada en el periódico Nuevo Sur de Tarija, el 12 de noviembre de 2019; dicha misiva fue entregada por el Notario de Fe Pública 68, en la oficina administrativa de la Caja Petrolera de Salud ubicada en calle España 690 de Santa Cruz de la Sierra (fs. 28 a 31).
II.5. Mediante RA DNAL 125/2019 de 4 de diciembre, emitida por Edgar Villegas Gallo, Director General Ejecutivo de la CPS Santa Cruz, se resolvió el Contrato ALD-ADO 404/2015 “SERVICIO SUPERVISIÓN TÉCNICA EXTERNA DE LA OBRA CONSTRUCCIÓN DEL MATERNO INFANTIL SANTA CRUZ-CPS”; y, además en su Disposición Octava determinó instruir a la Dirección Nacional Administrativa Financiera, que por la Unidad a su cargo registre en el Sistema de Contrataciones Estatales-SICOES, la Resolución de Contrato ALD-ADO 404/2015, en cumplimiento al art. 49.I inc. d) del DS 0181 (fs. 147 a 156). Dicho registro se materializó el 16 de mayo de 2022, conforme se da cuenta de la impresión del formulario 600 (fs. 12).