SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0813/2023-S3
Fecha: 31-Jul-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Por RA 15/2021 de 10 de mayo, la entonces Directora de Planificación Estratégica dependiente de la Secretaría Municipal de Planificación para el Desarrollo del GAM de La Paz, determinó, en lo central, declarar improcedente el cambio de uso de suelo de no edificable de aires de río a edificable de vivienda solicitada por Jorge Alberto Ormachea Pacheco -hoy accionante- (fs. 276 a 279).
II.2. Por memorial presentado el 6 de diciembre de 2021 -consignando la representación legal de la Empresa “C. ORMACHEA ASOCIACIÓN CONSTRUCTORA S.R.L.”- el ahora impetrante de tutela interpuso recurso de revocatoria contra la antes señalada RA 15/2021 (fs. 30 a 33), el cual fue resuelto por RA 039/2021 de 15 de diciembre, emitida por el entonces Director de Planificación Estratégica dependiente de la Secretaría Municipal de Planificación para el Desarrollo del GAM de La Paz, desestimando el mismo por extemporaneidad (fs. 34 a 35 vta.).
II.3. Mediante escrito presentado el 17 de diciembre de 2021, el hoy peticionante de tutela -mencionando la representación legal de la antes referida Empresa- interpuso recurso jerárquico contra la precitada RA 039/2021 (fs. 36 a 40 vta.); ante lo cual, Juana María del Carmen Rocabado Miranda, Secretaria Municipal de Planificación del GAM de La Paz -ahora coaccionada- por RA 001/2022 de 26 de enero, resolvió confirmar la determinación administrativa recurrida (fs. 72 a 74).