SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0818/2023-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0818/2023-S3

Fecha: 31-Jul-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa Certificación de 9 de septiembre de 2012, emitido por el Directorio de la Asociación de Comerciantes Minoristas “Señor de la Sentencia”, conformada por Hugo Apaza Valeriano, Presidente; Gerardo Mamani Mamani, Secretario de Hacienda; y, Víctor Yucra, Secretario de Conflictos; el cual acredita que Lucía Torrez Osco -ahora accionante- “…actualmente es afiliada y cuenta con un puesto de venta ubicado en el bloque Cantonal Ayacucho con número11 que se dedica a la venta de comida, formando parte activa de LA ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES MINORISTAS ‘SEÑOR DE LA SENTENCIA…’” (sic [fs. 10]). Asimismo, consta Certificado de 23 de noviembre de 2022, emitido por Nicolaz Mendoza Mamani, Presidente, Asociación de Comerciantes Minoristas “Señor de la Sentencia”, que certifica que, revisados los archivos, se evidencia que la accionante “…es afiliada y Socia Activa que cuenta con un puesto de venta en el bloque cantonal Ayacucho designado con el número 11 dentro de la Asociación de comerciantes minoristas ‘señor de la sentencia’ y cumple con todas las obligaciones de nuestra organización” (sic [fs. 6]).

II.2.    Consta fotocopia simple de dos credenciales correspondientes a la accionante, que acreditan que es socia de la Asociación de Comerciantes “Señor de la Sentencia”; además, dichas credenciales establecen el periodo de su vigencia, en el primer caso por el periodo comprendido entre 2007 a 2009 y en el segundo por el periodo 2013 a 2015 (fs. 12).

II.3.    Cursa Licencia de funcionamiento de actividad económica, de 30 de noviembre de 2022, emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba en favor de la accionante con la actividad económica “Snack Torrez”, actividad que cumple en el “EDIFICIO” de la Asociación de Comerciantes minoristas “Señor de la Sentencia” (fs. 13).

II.4.    Mediante Acta notarial 294/2022 de 12 de diciembre de 2022, el Notario de Fe Pública 61 del municipio de Cochabamba, dio fe de que, el indicado día a las 10:15 horas se constituyó en “…Av. Ayacucho sin número, sector sud, acera Oeste, en la puerta de ingreso al Mercado de la ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES MINORISTAS SEÑOR DE LA SENTENCIA, Caseta N° 11, construido todo con material metálico, y paralelo a la avenida Ayacucho y en pasillo de circulación peatonal (…) En el lugar antes descrito se VERIFICA, la existencia de una CASETA CONSTRUIDA, según el plano signada con el número 11. Al momento de la verificación por la parte de adelante, la CASETA tiene una PUERTA METÁLICA, tipo cortina, que cubre todo el ancho y lo alto de la caseta, Puerta que se halla asegurada con candados, y la llave de la Sra. LUCIA TORREZ OSCO, no abre ninguno de los candados, por lo que no tiene acceso al interior de la caseta. La construcción de la caseta y el colocado de la cortina metálica, son de data reciente (sic [fs. 41]).

II.5.    Mediante Certificación de 19 de diciembre de 2022, Samuel Amaru Simón, Presidente de la Asociación de Comerciantes Minoristas “Señor de la Sentencia” acredita que Eduardo Jaimes Orellana, con C.I. 2881286 Cbba. -ahora coaccionado-, es socio activo de la señalada Asociación, ubicada en av. Ayacucho, “…frente a la chicharon ería Amanda Melendres…” (sic), quien cuenta con un puesto de venta en el bloque cantonal, signado con el “número N° 11”, cumple con todas sus obligaciones, salidas al mercado y cuotas sindicales (fs. 63).

II.6.    Cursa Acta de audiencia de consideración de la acción tutelar de 20 de diciembre de diciembre de 2022, en la que constan las declaraciones de los testigos Josías Quispe Condori, Blanca Mamani Crispín y Hugo Apaza Valeriano (fs. 166 a 173).

II.7.    Cursa impresión de imágenes de una caseta metálica (fs. 23 a 24); asimismo, se aprecia imágenes de una caseta cerrada con candado (fs. 46 y 47); por otro lado, se observan imágenes impresas de una caseta a medio construir con restos de material metálico de construcción (fs. 152 a 157).