SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0798/2023-S3
Fecha: 20-Jul-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa querella de 20 de noviembre de 2020, presentada por Héctor Zoilo Quispe Gonzáles y Héctor Quispe Gonzales -hoy accionante- ante el representante del Ministerio Público de turno de la ciudad de Oruro contra Carlos Edwin Heredia Peña, por la presunta comisión del delito de estafa (fs. 39 a 41 vta.).
II.2. Consta Requerimiento de desestimación de querella de 30 de noviembre de 2020; por la cual, Ximena Gladis Larama Rojas, Fiscal de Materia, concluyó que los hechos narrados por Héctor Zoilo Quispe Gonzáles y el accionante en la querella de 20 de igual mes y año contra Carlos Edwin Heredia Peña corresponden a figuras jurídicas de materia civil, y por lo tanto, desestimó la referida querella (fs. 42 a 44).
II.3. Cursa memorial presentado el 18 de diciembre de 2020, ante la Fiscal de Materia, por la cual, Héctor Zoilo Quispe Gonzáles y el accionante impugnaron el Requerimiento de desestimación de querella 30 de noviembre del citado año (fs. 47 a 49).
II.4. Por Resolución Jerárquica F.D.O./F.G.A.C. 116/2021 de 2 de diciembre, Freddy Gonzalo Álvarez Condori, entonces Fiscal Departamental de Oruro ratificó el Requerimiento de desestimación de querella de 30 de noviembre de 2020 y dispuso el archivo de obrados (fs. 67 a 72).