SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2023
Fecha: 05-Jul-2023
II. CONCLUSIONES
Del análisis y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se
establece lo siguiente:
II.1. Cursa documento privado de compra venta de acciones y derechos de lote de terreno a plazos, suscrito por Martha Jhaneth Echart Ferreira Vda. de Estrada, Patricia Matilde Estrada Echart y Estela Yovanna Estrada Echart como vendedoras con Jorge Mateo Gómez Castellanos y Luciana Lema Romero como compradores. (fs. 5 a 7).
II.2. Mediante memorial de 6 de octubre de 2021, Martha Jhaneth Echart Ferreira Vda. de Estrada, Patricia Matilde Estrada Echart y Estela Yovanna Estrada Echart, se apersonan y plantean excepción de incompetencia ante la Jueza Pública Civil y Comercial Primera del departamento de Tarija, en razón del proceso ejecutivo seguido por Jorge Mateo Gómez Castellanos y Luciana Lema Romero (fs. 10 a 13 vta.).
II.3. Consta demanda de nulidad de contrato de compra venta de terreno, impetrada por Jorge Mateo Gómez Castellanos y Luciana Lema Romero en contra de Martha Jhaneth Echart Ferreira Vda. de Estrada, Patricia Matilde Estrada Echart y Estela Yovanna Estrada Echart, interpuesta ante la Jueza Agroambiental de Tarija. (fs. 24 a 27 vta.).
II.4. Cursa Informe Técnico U.L.T.-0204/C.A.P.-0041/2021 “ESTADO DE TRÁMITE de levantamiento topográfico”, de la Dirección de Ordenamiento Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija, de 17 de junio 2021, elaborado por el Arq. Carlos Andrés Peña Mercado, donde se informa que la carpeta 0768/2021 fue ingresada el 30 de enero de 2017, cuyo trámite se encuentra en curso. (fs. 30 y vta.).
II.5. Mediante Informe Técnico UT-TJA 099/2022 de la Dirección Departamental del INRA Tarija, elaborado por el técnico Juan Carlos Rivero Zurita, se informa que el predio se encuentra dentro el área urbana del centro poblado de Tarija (fs. 39 a 42 vta.).
II.6. Mediante “INFORME DE INSPECCIÓN JUDICIAL DEL PROCESO DE NULIDAD” del Juzgado Agroambiental de Tarija de 16 de mayo 2022, elaborado por el Top. Juan Alberto Palero Dávila, se informa en conclusiones que la ubicación de los terrenos, de acuerdo con las coordenadas descritas se encuentra dentro el radio urbano del municipio de Tarija. (fs. 50 a 54).
II.7. Mediante Informe Técnico U.T.L.-0244/C.A.P.-040/2022, “UBICACIÓN DE PROPIEDAD” de la Dirección de Ordenamiento Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija, de fecha 02 de junio, elaborado por el Arq. Carlos Andrés Peña Mercado, se indica que el predio se encuentra en calidad de “terreno rústico”, sujeto a aprobación de etapas y procedimientos posteriores: “lineamientos, amanzanamiento y loteamiento”. (fs. 69 y vta.).
II.8. Mediante Informe Técnico 01-UCM-2518-2022/EAR-29-907/2022, “Solicitud de ubicación de lote”, de 6 de junio de 2022, de la Dirección de Catastro del municipio de Tarija, elaborado por la Arq. Erika Yoselin Aramayo Romero, se establece que el predio se encuentra sobre la continuidad de la Avenida Los Parrales, Zona Aranjuez, Distrito 12. (fs. 84 y vta.).
II.9. Mediante “INFORME TÉCNICO COMPLEMENTARIO” al Informe de inspección judicial del proceso de nulidad, del Juzgado Agroambiental de Tarija, de fecha 21 de junio de 2022, elaborado por el Top. Juan Alberto Palero Dávila, se concluye que el predio se encuentra dentro el radio urbano del municipio de Tarija. (fs. 89 a 92 vta.).