SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0611/2023-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0611/2023-S2

Fecha: 03-Jul-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Eulogio Paco Mamani contra Juan Carlos Paco Mamani -accionante- y otros, el Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal Primero de Puerto Acosta del departamento de La Paz -demandado-, pronunció el Auto Interlocutorio 55/2021 de 4 de agosto, mediante el cual determinó: “…SE CONMINA AL FISCAL DE MATERIA Y POLICIA, A QUE EN EL PLAZO MÁXIMO DE TRES DÍAS HÁBILES DE NOTIFICADO CON LA PRESENTE DECISIÓN CUMPLA CON LA CORRECCION DE LA MISMA, BAJO ALTERNATIVA EN CASO DE INCUMPLIMIENTO, DE REMITIR DIRECTAMENTE OBRADOS ANTE LA AUTORIDAD SUMARIANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO para fines pertinentes” (sic [ fs. 7 a 8 vta.]).

II.2.  Por Auto de Vista 402/2021 de 4 de noviembre, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró la perención del derecho a fundamentar; consiguientemente, la inadmisibilidad del recurso de apelación incidental formulado por el impetrante de tutela y otros; en consecuencia, confirmó el Auto Interlocutorio 55/2021 (fs. 9 a 11).