SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0719/2023-s3
Fecha: 12-Jul-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Se tiene la Resolución Jerárquica FDLP/ARVM/R-226/2020 de 10 de febrero, dictada por Aly Rosario Venegas Miranda, Fiscal Departamental de La Paz S.L., mediante la que revocó la Resolución de Rechazo -de denuncia- 57/19 de 3 de octubre de 2019, emitida dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Norma Elizabeth Bilbao La Vieja Quiroga contra Patricia Villena de Burgos -hoy impetrante de tutela-, por la presunta comisión del delito de estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del Código Penal (CP), ordenando se continúe con la investigación y se realicen las actuaciones necesarias para el esclarecimiento del caso, para finalmente requerir lo que corresponda en el término de ley bajo apercibimiento (fs. 21 a 24).
II.2. Mediante memorial presentado el 1 de abril de 2022, Carmelo Laura Yujra, Fiscal de Materia -ahora coaccionado-, solicitó a Douglas Cecil Borda Montaño, Juez de Instrucción Penal Sexto de la Capital del departamento de La Paz -hoy accionado-, la reapertura del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Norma Elizabeth Bilbao La Vieja Quiroga contra la peticionante de tutela, por la presunta comisión del delito de estafa; al efecto, cursa proveído de 5 del citado mes y año, emitido por la autoridad accionada, por el que tuvo presente la reapertura de la investigación (fs. 35 a 36).
II.3. Por memorial presentado el 8 de abril de 2022, ante el Juez accionado, la parte accionante denunció persecución y procesamiento indebido del Ministerio Público y pidió control jurisdiccional; al efecto, se tiene el decreto de 12 del mismo mes y año, por el que la autoridad accionada, determinó lo siguiente: “La parte solicitante si considera que existe defectos en la reapertura de la presente causa, deberá pedir conforme a procedimiento” (sic [fs. 37 a 40]).