SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0731/2023-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0731/2023-S1

Fecha: 05-Jul-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de la documentación adjunta al expediente, se evidencia lo siguiente:

II.1.  Cursa memorial presentado el 22 de febrero de 2022, por el cual Mauricio Ramírez Ticona -ahora accionante-, interpuso apelación incidental contra el Auto Interlocutorio 17/2022 de 16 de igual mes, en respuesta el Presidente del Tribunal de Sentencia Penal Séptimo de la Capital del departamento de La Paz mediante decreto de 23 de similar mes y año, ordenó la remisión en alzada (fs. 21 a 25).

II.2.  Mediante Oficio 177/2022 de 3 de marzo, el Secretario del Tribunal de Sentencia Penal Séptimo de la Capital del departamento de La Paz remitió obrados en fotocopias legalizadas de la apelación incidental contra el Auto Interlocutorio 17/2022 (fs. 40).

II.3.  Consta decreto de 4 de marzo de 2022; por el cual, el Secretario de cámara de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dispuso la devolución de obrados, ya que no se habría adjuntado: a) El decreto de 22 de enero de 2019; b) Las notificaciones con la imputación formal; c) Notificaciones con el memorial de 2 de febrero de 2022 y decreto de fs. 24 a 27; d) CD y punteo de acta de 16 de igual mes y año, que resolvió el Auto Interlocutorio 17/2022; e) Notificaciones con el memorial de apelación y decreto de 23 del citado mes y año, a todas las partes; f) Señalamiento del Auto Interlocutorio 17/2022, g) Resolución 146/2021 de 30 de noviembre; y, h) Registro en sistema tullianus del detenido preventivo (fs. 26).

II.4.  Por Oficio de 9 de marzo de 2022, el Secretario de cámara de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, devolvió obrados al Tribunal de Sentencia Penal Séptimo de la Capital del citado departamento (fs. 27).

II.5.  Cursa Oficio 194/2022 de 17 de marzo, por el cual el Secretario del Tribunal de Sentencia Penal Séptimo de la Capital del departamento de La Paz remitió obrados en fotocopias legalizadas la apelación incidental contra el Auto Interlocutorio 17/2022, en el cual hace referencia a tres puntos de las observaciones realizadas por decreto de 4 de igual mes de 2022; el mismo lleva sello de recepción en la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia del citado departamento del 18 del citado mes y año a horas 12:17 (fs. 39 y vta.).