SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2023
Fecha: 31-Jul-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta Requerimiento Conclusivo de Acusación de 8 de enero de 2020, dictado por Reynaldo Chambi Gutiérrez, Fiscal de Materia, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Silvia Eugenia Tito Mamani contra Eustaquio Huari Choquevillca, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica (fs. 31 a 33 vta.).
II.2. Cursa Resolución de 9 de enero de 2020, emitida por Wilmer Demetrio Centellas Machicado, Juez del Tribunal de Sentencia Penal Primero y Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Copacabana del departamento de La Paz, disponiendo la radicatoria del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Silvia Eugenia Tito Mamani contra Eustaquio Huari Choquevillca por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica (fs. 36 vta.).
II.4. A través del memorial presentado el 3 de junio de 2020, Urbano Velásquez Tito, Jiliri Mallku; Juana Velasco Condori de Tito, Wiphala Apiri, Juan Siquita Aruquipa, Sub Central Chissi; Segundino Pari, Central Agraria Huacuyo, en representación de la Marka Originario Huacuyo del municipio de Copacabana, provincia Manco Kapac del departamento de La Paz, solicitaron a la prenombrada autoridad judicial se aparte del conocimiento del señalado proceso penal (fs. 44 a 49 vta.).
II.5. Consta Auto Interlocutorio 021/2020 de 15 de junio, por el que Wilmer Demetrio Centellas Machicado, Juez del Tribunal de Sentencia Penal Primero y Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Copacabana del departamento de La Paz, rechazó la solicitud de los representantes de la Marka Originario Huacuyo para poder asumir conocimiento y resolver el proceso penal de referencia (fs. 50 a 55 vta.).
II.6. Cursa Sentencia 61/2020 de 19 de noviembre, dictada por Wilmer Demetrio Centellas Machicado, Juez del Tribunal de Sentencia Penal Primero y Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Copacabana del departamento de La Paz, declarando a Eustaquio Huari Choquevillca autor de la comisión del delito de violencia familiar o doméstica, condenándole a la pena de privación de libertad de tres años de reclusión, a cumplirse en el Centro Penitenciario de San Pedro del citado departamento (fs. 109 a 130).
II.7. Por informe de 17 de agosto de 2021, Rosmery Mamani Morales, Secretaria del Tribunal de Sentencia Penal Primero y Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Copacabana del departamento de La Paz, comunicó que el legajo fue remitido al Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, encontrándose el mismo en la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en grado de apelación restringida (fs. 131).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En el orden señalado, el art. 190.1 de la Constitución, dispone que las naciones y pueblos indígena originario campesinos ejercerán sus funciones y competencias a través de sus autoridades y aplicarán sus principios, valores culturales, normas y proc