SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0622/2023-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0622/2023-S2

Fecha: 04-Jul-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.   Por Auto Interlocutorio 124/2022 de 2 de abril, de aplicación de medidas cautelares de carácter personal, a favor de Adriana Laura Machaca Callizaya -hoy accionante-, emitido por Erika Neptali Aranda Uzquiano, Jueza de Instrucción Penal Primera de la Zona Sur de la Capital del departamento de La Paz -ahora demandada-, se dispuso, entre otras, lo siguiente: 1) “La detención domiciliaria de la ahora imputada, a tal efecto deberá señalar un domicilio donde deba cumplir la detención domiciliaria” (sic); 2) “Una fianza económica de bolivianos 10 mil montos de dinero que deberá se empozado al concejo de la magistratura…” (sic); y, 3) “Por último la prohibición de salir del país a tal efecto expídase el mandamiento de arraigo correspondiente medidas cautelares que deben ser cumplidas en el plazo de 72 horas a partir de su legal notificación bajo advertencia de que en caso de incumplimiento se puede disponer la revocatoria de las mismas y otra medida más gravosa”; “La presente determinación es dictada a hora 01:25 de fecha 4 de abril del año 2022…” (sic), decisión contra la que interpuso recurso de apelación incidental en la misma audiencia (fs. 20 a 22 vta.).

II.2.   Consta Mandamiento de detención domiciliaria de 4 de abril de 2022, a favor de Adriana Laura Machaca Callizaya, suscrita por la Jueza demandada y Daniel Esteban Ochoa Pérez, Secretario del Juzgado de Instrucción Penal Primero de la Capital de la Zona Sur del departamento de La Paz -también demandado- (fs. 16).

II.3.   Cursa Mandamiento de arraigo a favor de Machaca “Callisaya” Adriana Laura, de 5 de abril de 2022, suscrita por la Jueza hoy demandada (fs. 6).

II.4.   Se tiene nota de 7 de abril de 2022, CITE Of. 200/2022, con referencia: “REMISIÓN DE OBRADOS EN COPIAS LEGALIZADAS – por motivo de APELACIÓN INCIDENTAL en contra de la RESOLUCION No. 124/2022” (sic), con sello de recepción de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz el 11 del señalado mes y año, a horas 8:30 (fs. 17 a 18).