SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0671/2023-S3
Fecha: 03-Jul-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.1 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en todo la Resolución 21/2022 de 22 de abril, cursante de fs. 49 a 50 vta., pronunciada por la Jueza de Sentencia Penal Quinta de la Capital del departamento de La Paz; y, en consecuencia;
1º DENEGAR la tutela solicitada, conforme los fundamentos y razones expuestas en el presente fallo constitucional;
2º Exhortar a que las autoridades y funcionarios dentro del caso con CUD 201502022107154, consideren en sus actuaciones investigativas y/o procesales, la recomendación efectuada en el acápite Consideración final exhortativa del Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, disponiendo al efecto que la Jueza de garantías proceda a la entrega de una copia del presente fallo al Ministerio Público y Juez y/o Tribunal que se encuentre a cargo del proceso constitucional a momento de la notificación con el presente fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO