SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2023-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2023-S3

Fecha: 05-Jul-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Mediante Auto de 12 de noviembre de 202 emitido por Roger Salvatierra Rocha, Juez de Instrucción Penal y Anticorrupción Tercero de la Capital del departamento de Santa Cruz, -ahora accionado- dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Edson Castro Soliz en representación de la Cooperativa de Telecomunicaciones Santa Cruz Responsabilidad Limitada (COTAS R.L) contra Jesús Heberto Justiniano Arauz, y otros, resolvió modificar la medida cautelar de la detención preventiva de Widen Vaca Parada -hoy accionante- a medidas cautelares sin restricción de libertad, previstas en el art. 231 bis 1 núm. 2, 5, 6 y 8 del CPP, entre ellas: a) La obligación de presentarse de manera semanal ante el Ministerio Público; b) La prohibición de comunicarse con los coimputados; c) Una fianza económica de Bs150 000.-; y, d) Arraigo (fs. 38 a 39).

II.2.    Cursa Oficio CASCZ_JZD Of. 236/22 de 25 de marzo, dirigido al Juez ahora accionado, mediante el cual José Luis Duran Saucedo, Presidente del Colegio de Arquitectos de Santa Cruz, remitió una terna del listado de arquitectos que se registraron para realizar peritajes (fs. 36).

II.3.    Mediante Decreto de 28 de marzo de 2022, emitido por el Juez ahora accionado, nombró perito a Jorge Gálvez Melgar para la realización del avaluó del inmueble ofrecido por el imputado -se entiende hoy accionante- en “caución de fianza”, ordenando al nombrado profesional que se apersone al Juzgado en horas de oficina para recepionar el juramento de ley (fs. 37).