SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0698/2023-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0698/2023-S2

Fecha: 24-Jul-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Por Resolución Fiscal de Rechazo de Denuncia de 13 de mayo de 2021, la Fiscal de Materia asignada al caso, determinó que al no existir suficientes elementos para fundar una imputación formal, se rechazó la denuncia presentada por Pura Vargas Leaños y Fabriciano Vargas Herbas -accionantes- contra Laiza Vargas Leaños, Elizabeth Mejía de Fuentes, José Alfredo Fuentes Arce, Willians Osman Quinteros Ruiz y Pura Hurtado Roca, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material e ideológica, falsificación de documento privado, uso de instrumento falsificado y estelionato, previstos en los arts. 198, 199, 200, 203 y 337 del CP (fs. 416 a 422).

II.2.  Mediante memorial presentado el 7 de junio del mismo año, los impetrantes de tutela objetaron la supra citada Resolución Fiscal de Rechazo, solicitando se revoque la misma, disponiéndose que la representante fiscal realice la correspondiente imputación formal a los sindicados (fs. 423 a 428 vta.).

II.3.  A través de Resolución Fiscal Departamental J.C.C. OR- 007/21 de 15 de septiembre de 2021, José Centenaro Cardozo, Fiscal Departamental a.i. de Santa Cruz, cuya parte dispositiva resolvió: a) “…REVOCAR la Resolución de Rechazo de Denuncia de fecha 13 de mayo de 2021, emitida a favor de la denunciada LAIZA VARGAS LEAÑOS por los delitos de ESTELIONATO, FALSEDAD MATERIAL, FALSEDAD IDEOL[Ó]GICA, FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO PRIVADO y USO DE INSTRUMENTO FALSIFICADO” (sic); y, b) “…RATIFICAR la Resolución de Rechazo de Denuncia de fecha 13 de mayo de 2021, emitida a favor de los denunciados ELIZABETH MEJIA DE FUENTES, JOSE ALFREDO FUENTES ARCE, WILLANS OSMAN QUINTEROS RUIZ Y PURA HURTADO ROCA…” (sic) por los supra citados delitos (fs. 529 a 551).

II.4.  Consta diligencia practicada el 4 de enero de 2022; a través de la cual, el Ministerio Público procedió con la notificación personal a Tito Arandia Hervas -apoderado de los accionantes-, con la citada Resolución Fiscal Departamental (fs. 561).