SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0706/2023-S3
Fecha: 06-Jul-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Certificado de Nacimiento de la Oficialía 2328, Libro 8-2004, Partida 84, Folio 84, de 23 de diciembre de 2004, de El Alto, provincia Murillo del departamento de La Paz, que acredita el nacimiento de Oscar Daniel Machicado Quino el 24 de enero de 2004, cuyos padres son Oscar Guillermo Machicado Cuela y Verónica Quino Zeballos -hoy accionante- (fs. 8); Asimismo a través del Carnet de Discapacidad 02-20040124OMQ, se acredita que Oscar Daniel Machicado Quino, con CI 9149108, tiene discapacidad múltiple, deficiencia auditiva, en un porcentaje de 76%, en cuyo reverso expresa que en caso de emergencia comunicarse con la accionante (fs. 10).
II.2. Consta certificado de defunción de la Oficialía 210053, Libro 3-2009, Partida 2, Folio 2, de 16 de abril de 2009, de Nuestra Señora de La Paz, provincia Murillo del departamento de La Paz, que acredita el fallecimiento de Oscar Guillermo Machicado Cuela el 16 de abril de 2009 (fs. 9).
II.3. Mediante Memorando con CITE: DTH-JCTCH/DF/0726/2019 de 9 de septiembre, la Dirección de Talento Humano del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz, designó funciones a la accionante, al Centro de Salud Integral 1ro de Mayo, dependiente de la Dirección de Salud (fs. 7).
II.4. A través del Memorando DTH-JCTCH/B/026/2021 de 6 de enero, suscrito por la Dirección de Talento Humano del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz, con el título “Retiro Voluntario” comunicó a la accionante, que, habiéndose acogido al retiro voluntario, prescinde de sus servicios en el cargo Profesional C de la Unidad de Hospitales y Centros de Salud, que venía desempeñando (fs. 11).
II.5. Mediante Informe con CITE: GAMEA/DTH/UAL/HMGM/INF. 008/2021 de 15 de enero, suscrito por Hilda Mery Gutiérrez Martínez, Unidad de Asesoría Legal de la Dirección de Talento Humano del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz, con “REF.: DESTITUCION POR FALTAS CONSECUTIVAS VERONICA QUINO ZEBALLOS” (sic), concluyó que “En consideración a la falta continua a su fuente laboral por parte de la servidora pública VERONICA QUINO ZEBALLOS de 31 de diciembre de 2020 al 5 de enero de 2021, por un periodo de tres días consecutivos, sin presentar justificativo alguno de su inasistencia, habiendo sobrepasado a la fecha el periodo de sanción establecido conforme a normativa precedentemente señalada, por lo que incurrió en las causales de sanción (…) debiendo en consecuencia: 1. Por la Dirección de Talento Humano emitir MEMORANDUM DE DESTITUCION POR FALTAS CONSECUTIVAS para la servidora pública Sra.: QUINO ZEBALLOS VERONICA…” (sic [fs. 12 a 13]).
II.6. Por memorial presentado el 25 de enero de 2021, ante ventanilla Única del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz, la accionante, solicitó licencia con goce de haberes, aludiendo como antecedentes, a las Resoluciones Ministeriales que fijan ese beneficio (fs. 26 y vta.).
II.7. Por memorial presentado el 26 de marzo de 2021, ante ventanilla Única del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz, la accionante interpuso recurso de revocatoria contra el Memorando DTH-JCTCH/B/026/2021, de desvinculación laboral con el título “Retiro Voluntario” (fs. 14 a 18); en respuesta se emitió el INFORME GAMEA/DTH/UAL/AJTJ/047/2021 de 14 de junio, emitido por Abel Tornero Jiménez de la Unidad de Asesoría Legal de la Dirección de Talento Humano del señalado Gobierno Autónomo Municipal, en el que concluyó señalando que se encuentra impedido para pronunciarse al recurso de revocatoria planteado (fs. 19 a 22).