SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0741/2023-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0741/2023-S1

Fecha: 06-Jul-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Dentro del proceso penal seguido contra Javier Huarachi Argollo -ahora accionante- por la presunta comisión de los delitos de violación de niño, niña y adolescente y estupro; el Juez Público Mixto Civil y Comercial de Familia, de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal Primero de Colquiri del departamento                    de La Paz, mediante Auto Interlocutorio 68/2021 de 22 de julio, dispuso la detención preventiva, dicho Auto Interlocutorio fue complementado en la misma fecha y año, estableciendo la detención por un plazo de seis meses, señalando nueva audiencia para la consideración de su situación jurídica para el 21 de enero de 2022 (fs. 11 a 16).

II.2.    El 10 de enero de 2022, el Ministerio Público presentó acusación formal ante el Juez Público Mixto Civil y Comercial de Familia, de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal Primero de Colquiri del departamento de La Paz, contra el ahora impetrante de tutela por la comisión del delito de violación de infante, niña, niño o adolescente (fs. 19 a 23).

II.3.    Mediante Auto Interlocutorio 15/2022 de 21 de enero, el Juez Público Mixto Civil y Comercial de Familia, de la Niñez y Adolescencia,                          de Partido del Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal Primero de Colquiri del departamento de La Paz, dispuso medidas sustitutivas                     a la detención preventiva a favor del impetrante de tutela, conforme al art. 239.2 del CPP, con el argumento de que las partes no solicitaron             la ampliación de dicha detención preventiva (fs. 54 a 56).

II.4.    Cursa Auto de Vista 36/2022 de 1 de febrero, emitido por César Wenceslao Portocarrero Cuevas, Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -autoridad judicial demandada-, en el cual revocó el Auto Interlocutorio 15/2022 de 21 de enero, manteniendo la situación jurídica en la que se encontraba                  el impetrante de tutela, antes de la emisión del Auto Interlocutorio recurrido (fs. 58 a 62).