SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0789/2023-S1
Fecha: 12-Jul-2023
II. CONCLUSION
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Del Acta de audiencia de acción de libertad de 7 de abril de 2021, al finalizar la intervención de las partes, el Juez de garantías, señaló que: “Se ha escuchado a todas las partes, este juez va revisar los antecedentes del cuaderno de control jurisdiccional remitido por el Juzgado Tercero de Instrucción Anticorrupción, a efectos de emitir la resolución que corresponda…” (sic). Asimismo, en el Considerando II, numeral 2 de la Resolución de garantías, refirió: “En consecuencia, siendo que nos encontramos ante un caso que cuenta con un Juez de control jurisdiccional, quien ha emitido dos resoluciones, la primera de detención y la segunda de modificación de esa detención” (sic [fs. 24 vta.]).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSION
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “1. Cuando la acción de libertad esté fundada directamente en la vulneración al derecho a la libertad personal por causa de haberse restringido la misma al margen de los casos y formas establecidas por ley, y no esté vinculada a un delito y por tanto