SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0692/2023-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0692/2023-S4

Fecha: 08-Ago-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Mediante varios contratos de trabajo, las accionantes y el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, entablaron relaciones laborales; así, cada una de las solicitantes de tutela suscribió los siguientes contratos: Antonia Mamani Vda. de Sea, del 24 de septiembre de 2007 al 30 de abril de 2021, firmó 35 contratos laborales; Clene Lody Poma Espejo, del 1 de septiembre de 2008 al 29 de abril de 2021, suscribió 28; Janet Pamela Mamani Carmona, del 12 de mayo de 2014 al 30 de abril de 2021, firmó 14; Saturnina Condori, del 10 de febrero de 2018 al 30 de abril de 202, suscribió 11; Virginia Condori Mamani, del 16 de enero de 2017 al 30 de abril de 2021, firmó 7 contratos; Reyli Lucy Ticono Ayala, del 15 de marzo de 2012 al 30 de abril de 2021, firmó 21 documentos; y, finalmente, Seferina Angélica Apaza Quiñones, del 5 de julio de 2010 al 30 de abril de 2021, firmó 24 contratos (fs. 2 a 3).

II.2.    Habiéndose finalizado la relación laboral todas el 30 de abril de 2021, las peticionantes de tutela acudieron a la Jefatura Regional de Trabajo de El Alto del Departamento de La Paz, que emitió la Conminatoria de Reincorporación MTEPS-VMEPS-JDTLP/JRTEA/CONMIN/070/2021, ordenando la reincorporación de las mismas al mismo puesto que ocupaban al momento del despido, así como el pago de salarios devengados hasta el día de su reincorporación, sea dentro del plazo improrrogable de tres días hábiles; determinación que, conforme establece el informe MTEPS JRTEL-VMML/NHGQ-V/CONMIN-026/2021 de 18 de octubre, emitido por el Inspector de Trabajo de la prenombrada Jefatura no había sido cumplida (fs. 447 a 451).

II.3.    En impugnación de la referida Conminatoria de Reincorporación MTEPS-VMEPS-JDTLP/JRTEA/CONMIN/070/2021, el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, planteó recurso de revocatoria que mereció pronunciamiento mediante la Resolución Administrativa JRTEA/VMML/069/2021 de 19 de noviembre; por la que, se rechazó el recurso intentado y en consecuencia, se confirmó totalmente la referida conminatoria; determinación que motivó la interposición de recurso jerárquico por la institución edil que concluyó con la emisión de la Resolución Ministerial 407/2022 de 11 de abril, por la cual, se revocó la decisión impugnada y consecuentemente la conminatoria de reincorporación antes señalada, declinándose asimismo la competencia ante la judicatura laboral a efectos de que sea dicha instancia la que determine los derechos que asisten a las denunciantes; decisión que fue notificada a las partes el 18 de igual mes y año (fs. 481 a 485 vta.).