SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0770/2023-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0770/2023-S4

Fecha: 21-Ago-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Por Resolución Municipal 8942/2022 de 12 de mayo, el Pleno del Concejo Municipal de Cochabamba, establecieron la responsabilidad administrativa del Concejal Municipal Jhonny Joel Flores Flores –ahora accionante–, por contravención a los arts. 4.IV de la Ley 482; 76 del Reglamento General del Concejo Municipal; y, 7 inc. a) y 9 inc. p) del Código de Ética de la misma instancia mencionada; imponiéndole la sanción de quince días de suspensión de sus funciones sin goce de haberes (fs. 14 a 36).

II.2.  A través de nota de 24 de mayo de 2022, presentada el mismo día a la Presidencia del Concejo Municipal de Cochabamba, el impetrante de tutela, formuló solicitud de reconsideración de la Resolución Municipal 8942/2022, al haberse aprobado dicha Resolución, solo con siete votos, los que no representaban los dos tercios exigidos por la normativa al respecto; requerimiento que mereció la Comunicación Interna 0603/2022 de 27 de mayo, por el que se recomienda el rechazo de la impugnación, al no proceder recurso alguno contra la indicada decisión; misma que fue puesta en conocimiento del accionante, mediante nota DIR-0302/2022 de 30 de mayo, con cargo de recepción en la citada fecha (fs. 82 a 86; 87 a 90; y, 227).

II.3.  Mediante Acta de Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de Cochabamba, de 31 de mayo de 2022, se acredita la presencia del impetrante de tutela como autoridad; sin embargo, es también evidente que su participación se encontraba restringida; dado que, se encontraba suspendido como efecto de la sanción impuesta en su contra; en ese sentido, luego de la modificación al orden del día, el Concejal Secretario de dicho ente municipal, invitó al nombrado, ubicarse en la sala de sesiones donde se encuentran los demás ciudadanos, como oyentes , por estar suspendido; aspecto sobre el que dicha autoridad, no opuso objeción alguna; es más, reinstalada la sesión al día siguiente, debido al cuarto intermedio decretado el día anterior, se observó la participación de la Concejal Suplente María Erika Markani Bazoalto, en reemplazo del Concejal Titular mencionado (fs. 184 a 219).