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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0941/2023-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0941/2023-S1

    Fecha: 24-Ago-2023

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    • Encabezado
    • I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
    • II. CONCLUSIONES
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • I.       Se concede el beneficio de indulto a las personas con sentencia condenatoria ejecutoriada que, a la fecha de publicación del presente Decreto Presidencial, no se enmarquen en las exclusiones establecidas en el Artículo 9 y que cumplan alguna
    • II.      Para los casos previstos en el numeral 3 del Parágrafo precedente, no se aplicará el régimen de exclusiones previstas en el Artículo 9 del presente Decreto Presidencial, con excepción del numeral 1 del Parágrafo I del mismo artículo.
    • I.    Se excluyen de la concesión del indulto a las personas que se encuentren con sentencia condenatoria ejecutoriada por: | III.      Por razones humanitarias, ante el hacinamiento existente en los establecimientos penitenciarios y para resguardar
    • II.      Tampoco accederán al beneficio del indulto aquellas personas beneficiadas con otros Decretos Presidenciales de amnistía o indulto en los tres (3) años anteriores a la vigencia del presente Decreto Presidencial.
    • I.       Son requisitos generales para solicitar la concesión de indulto:
    • II.       Son requisitos específicos, según corresponda, los siguientes:
    • I. El recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, es el medio idóneo y eficaz para conocer y restituir cualquier tipo de lesión o vulneración que pueda atentar al derecho a la vida, la libertad o constituir una persecución o procesamiento ind

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