SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0987/2023-S1
Fecha: 28-Ago-2023
II. CONCLUSIONES
Del análisis y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta Escritura Pública 830/2010 de 23 de septiembre, sobre contrato de suministro de gas natural para comercialización, suscrita por YPFB y Alberto Amurrio Fernández en su calidad de propietario de la Estación de Servicio Itapaya (fs. 4 a 10).
II.2. Cursa certificado de actualización de matrícula de comercio, otorgada hasta el 31 de mayo de 2022, respecto a la Estación de Servicio Itapaya con matrícula 00160869, fecha de registro 12 de marzo de 2010, propietario y representante legal: Alberto Amurrio Fernández, con domicilio en Sipe Sipe- Carretera a Capinota Km. 39, s/n, uv s/n, manzano s/n, Edificio Estación de Servicio Itapaya zona Tajra-Itapaya, con actividad comercialización de gas natural vehicular, diésel, gasolina lubricantes (fs.3). Asimismo, consta la licencia de operación otorgada por la Agencia Nacional de Hidrocarburos con vigencia al 21 de julio de 2022 (fs. 11).
II.3. Por nota de 28 de agosto de 2021, el Sindicato Agrario Parotani y el Barrio Petrolero Zona 10, solicitaron al propietario del surtidor de Tajra, Alberto Amurrio Fernández el traslado de sus tuberías de gas que está dentro de lotes de propiedad privada de una junta vecina “Barrio Petrolero”, ex Zona 10, puesto que está perjudicando en la construcción de sus viviendas y en la apertura de calles (fs. 32).
II.4. Mediante nota de 5 de octubre de 2021, David Guillermo Bellido Colque solicitó que YPFB realice inspección a su propiedad, ubicada en la zona de Parotani, por cuanto por ese terreno está pasando la red de gas hacia la Estación de Servicio Itapaya, solicitando la reubicación para poder realizar construcciones en el lugar (fs. 34) Asimismo, en la misma fecha, el Barrio Petrolera Zona 10, Sub Central Valle Bajo Parotani, Sindicato Agrario Parotani, Central Regional Sipe Sipe, OTB Parotani, solicitaron a Carlos Alfredo Zabaleta Paniagua-Distritales Redes de Gas, la reubicación de la tubería de gas, que está conectado de la ex planta de Parotani al surtidor Itapaya, por cuanto la misma pasa por dentro de los lotes del Sindicato Agrario Parotani, perjudicando así la construcción de sus viviendas (fs. 35).
II.5. A través de la nota de 25 de octubre de 2021, Alberto Amurrio Fernández ahora accionante, solicitó a YPFB Redes de Gas Distrital Cochabamba, apoyo en la búsqueda de solución a la red que suministra gas a la Estación de Servicio Itapaya-YPFB CITY GEY Parotani, ubicada en el Km 41 carretera a Capinota, Zona Tajra-Itapaya, la misma que brinda servicio no solo a Parotani sino a poblaciones lejanas, haciendo conocer que han sido amenazados con cerrar la llave de paso (fs. 36 a 37). Nota que mereció respuesta el 1 de noviembre de 2021, por la que se le comunicó que remitió al Sindicato Agrario Parotani y a David Guillermo Bellido Colque la solicitud de documentación pertinente que respalde el ancho de vía de la zona afectada para asegurar una correcta reubicación de la Acometida perteneciente a la Estación de Servicio Itapaya (fs. 46).
II.6. Por nota de 1 de noviembre de 2021, la Distrital Redes de Gas Cochabamba, comunicó al accionante que ante las solicitudes presentadas por el Barrio Petrolera Zona 10, Sub Central Valle Bajo Parotani, Sindicato Agrario Parotani y Central Regional Sipe Sipe y la OTB Parotani, se le notifica que el Usuario GNV Estación de Servicio Itapaya es pasible al corte temporal de servicio si la integridad de la tubería activa y presurizada se ve comprometida, en vista de que la mencionada línea de gas natural está instalada a través de un área de inminente ejecución de obras civiles, ello, conforme al Reglamento de Distribución de Gas Natural por Redes aprobado por DS 1996-Sección V, que en su art. 40 inc. g) indica “Suspensión del Servicio al usuario cuando presenten situaciones que comprometan la seguridad de la instalación” (fs. 43).
II.7. Mediante nota de 7 de febrero de 2022, Edmy Marioly Pérez Vargas de Oporto, solicitó a YPFB el retiro de tuberías de gas que se encuentran en su propiedad Sindicato Agrario Pacay Mayu, parcela 001, ubicada en la jurisdicción del municipio de Sipe Sipe, provincia Quillacollo del departamento de Cochabamba, registrado en Derechos Reales a nombre de su padre fallecido Alejandro Pérez Melendres, instalaciones que se realizaron sin permiso ni consentimiento para beneficio exclusivo de la Estación de Servicio Itapaya, que está en funcionamiento hace más de dos décadas, perjudicando el uso del terreno. Actualmente se encuentran realizando movimientos de tierra con maquinaria de equipo pesado para la construcción de viviendas y para evitar cualquier incidente reiteran la necesidad de retiro de dichas instalaciones. Adjunta título ejecutorial de 14 de diciembre de 2018, inscrito en Derechos Reales el 13 de mayo de 2019, plano de tuberías de gas, certificado de área y/o ubicación, declaratoria de herederos al fallecimiento de Alejandro Pérez Melendres, de 28 de febrero de 2020 (fs. 49 a 69).
II.8. Por nota de 22 de febrero de 2022, la Distrital Redes de Gas Cochabamba, comunicó al ahora impetrante de tutela que se realizó una inspección, verificando que las tuberías de gas natural que pertenecen a la Estación de Servicio Itapaya, cruza el lote de Edmy Marioly Pérez Vargas de Oporto y que de acuerdo al DS 1996, Reglamento de Distribución de Gas Natural por Redes, Sección VI Instalaciones y Responsabilidad del Usuario, art. 44.I, establece que, los equipos conectados al servicio deberán estar en buenas condiciones de operación y adecuadamente diseñados para el uso de Gas Natural, asimismo que el usuario será responsable de proteger las instalaciones de la Empresa Distribuidora dentro de su propiedad, así como efectuar el mantenimiento de las instalaciones internas e instalaciones colectivas; por lo que recomienda realizar las gestiones ante Edmy Marioly Pérez Vargas de Oporto, si corresponde, para el traslado a otro sector de la acometida de gas natural (fs. 70).
II.9. Con nota presentada el 15 de marzo de 2022, Alberto Amurrio Fernández, Representante de Estación de Servicio Itapaya, pidió a YPFB Redes de Gas Cochabamba que, con el fin de encontrar una solución a la red de gas que está cruzando terrenos del Sindicato Agrario Pacay Mayu, se presente la documentación pertinente, consistente en plano general de las parcelas con la red del gas dentro del referido Sindicato, títulos de propiedad, certificado de uso de suelo, plano de fraccionamiento de áreas verdes, áreas de equipamiento, vías de acceso aprobados por la Alcaldía de Sipe Sipe, autorización de movimiento de tierras, de construcción y fijación de rasantes (fs. 71).
II.10. A través de la nota de 28 de marzo de 2022, el ahora accionante, puso en conocimiento de YPFB-Redes de Gas Cochabamba, que el 27 de marzo de 2022, se retiraron soportes de la red de gas sin que exista autorización, dejando en descubierto y sin protección la red de gas y para evitar que esta sufra daños o sucedan accidentes se autorice la colocación inmediata de los mencionados soportes, por lo que solicita información precisa y puedan interceder a fin de evitar percances impredecibles (fs. 72). Nota que fue respondida el 30 de marzo de 2022, reiterando lo expresado en la nota de 22 de febrero de 2022 (fs.72).
II.11. Mediante memorial de 16 de abril de 2022, presentado al Representante Legal de la Estación de Servicio Itapaya, los ahora demandados, manifestaron que a pesar del tiempo transcurrido, no se ha procedido a retirar o trasladar las tuberías de gas natural que atraviesan sus propiedades, por lo que ponen en su conocimiento que debido a los trabajos de nivelación con maquinaria pesada para la construcción de viviendas, sus tuberías de gas natural están a la intemperie y corren el riego de rotura, por lo que cualquier accidente que ocurra en estas instalaciones será de entera responsabilidad de YPFB y de la Estación de Servicio Itapaya, razón por la cual, reiteran el retiro de las tuberías de gas de su propiedad por las condiciones de inseguridad en que se encuentran por los trabajos de nivelación con maquinaria pesada para la construcción de viviendas (fs. 73 y vta.).
II.12. Cursa Acta de Verificación de Inmueble y Tuberías de gas 29/2022 de 10 de mayo, suscrita por el Notario de Fe Pública 03 de Sipe Sipe, la cual señala que a solicitud de Alberto Amurrio Fernández, el día 10 de mayo de 2022, a horas 17:15 pm, se constituyó en ZONA TAJRA.COMP.ITAPAYA, donde observó una Estación de Servicio de Gasolina, Diesel y Gas con el denominativo Estación de Servicio Itapaya, que pertenece a Alberto Amurrio Fernández, seguidamente observó una Fábrica de Yeso, el solicitante refirió que es su nuevo emprendimiento; luego logró observar a una distancia el ducto de alta presión de gas, que se encontraba a la intemperie, sin ningún tipo de seguridad, y según el solicitante, la dueña del terreno en el cual se encuentra el ducto de gas, responde al nombre de Marioly Pérez Vargas de Oporto, después juntamente con el solicitante, bajaron unos metros por la carretera y observó el mismo ducto de gas de alta presión que se encontraba colgado sin ningún tipo de protección, según le indició el impetrante, el dueño del terreno responde al nombre de Claudio Ramos Antezana. Adjunta fotografías en anexo a fojas 4 (fs. 75).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Por ejemplo, ante denuncias de actos vinculados a medidas de hecho que afectan la propiedad o posesión por avasallamientos, una tutela reparadora en el marco de la provisionalidad, puede disponer la desocupación inmediata de la propiedad, incluso con