SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0800/2023-S2
Fecha: 10-Ago-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por Conminatoria D.T.L.P./ART.51-VI-CPE/DL 038/DS 29539/SMLV/ 04/2022 de 4 de abril, la Jefa Departamental de Trabajo Cochabamba, ordenó al Gobierno Autónomo Municipal de Colcapirhua del señalado departamento, proceda a la reincorporación de Jeancarla Delgadillo García -accionante-, a las funciones que venía desempeñando, así como, a la cancelación de los salarios devengados y demás derechos laborales, prohibiendo toda clase de acoso laboral y discriminación (fs. 10 a 11 vta.).
II.2. Mediante Informe J.D.T. CBBA – SMLV-VR-042/2022 de 22 de abril, Lizeth Lorena Rosas Blanco, Inspectora de la Jefatura Departamental de Trabajo Cochabamba, puso en conocimiento de la supra citada Jefa Departamental que el citado Gobierno Autónomo Municipal, no dio cumplimiento a la señalada Conminatoria (fs. 14 y vta.).