SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0880/2023-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0880/2023-S2

Fecha: 29-Ago-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa Boleta de Pago de diciembre de 2021, de Fernando Vaca Salvatierra -hoy accionante-, por la que se establece un sueldo mensual de Bs3000.- (tres mil bolivianos) y Bono de antigüedad Bs1145,88.- (un mil ciento cuarenta y cinco 88/100 bolivianos) haciendo un total ganado de Bs4145,88.- (cuatro mil ciento cuarenta y cinco 88/100 bolivianos), con modalidad de contratación eventual y nivel salarial 18 (fs. 10).

II.2.    Consta Boleta de Pago de diciembre de 2021, de Carlos Manuel Velasco Urgel -ahora demandante de tutela-, por la que se dispone un sueldo mensual de Bs3250.- (tres doscientos cincuenta mil bolivianos) y Bono de antigüedad Bs2164,44.- (dos mil ciento sesenta y cuatro 44/100 bolivianos) haciendo un total ganado de Bs5414,44.- (cinco mil cuatrocientos catorce 44/100 bolivianos), con modalidad de contratación eventual y nivel 17 (fs. 20).

II.3.    Según Boleta de Pago del mes de enero de 2022, de Fernando Vaca Salvatierra, por la que determina un sueldo mensual de Bs3000 (tres mil bolivianos) y Bono de antigüedad Bs0.- (cero bolivianos) por veintiocho días trabajados sueldo parcial Bs2800.- (dos mil ochocientos) haciendo un total ganado Bs2800.-, con modalidad de contratación eventual y nivel salarial 18 (fs. 9).

II.4.    Mediante Boleta de Pago del mes de febrero de 2022, de Carlos Manuel Velasco Urgel, por la que se establece un sueldo mensual de Bs3000.- Bono de antigüedad Bs0.- por dieciséis días trabajados sueldo parcial Bs1600.- (un mil seiscientos) haciendo un total ganado Bs1600.-, con modalidad de contratación eventual y nivel 18 (fs. 21).

II.5.    Por Conminatoria de Reincorporación 015/2022 PAD-JDTEPS Beni de 23 de junio, la Jefa Departamental de Trabajo de Beni, dispuso que “…los señores Carlos Manuel Velasco Urgel y Fernando Vaca Salvatierra, son funcionarios del extinto Servicios Departamental de Caminos-Beni      (Ex-SEPCAM), desde el 1999 el primero y desde 2007 el segundo, hasta la fecha correspondiéndoles el reconocimiento de la estabilidad laboral en aplicación a lo establecido por la línea jurisprudencial de la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 0171/2014-S2 de fecha 24 de noviembre de 2014” (sic) y con base a lo anterior resuelve: “PRIMERO: La suscrita JEFA DEPARTAMENTAL DE TRABAJO EN EL BENI, conforme a sus atribuciones y dando cumplimiento a la Normativa Laboral de acuerdo a los D.S. N° 28699, 495 Y R.M. N° 868/10 asimismo en atención a la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL, se CONMINA AL Dr. JOSE ALEJANDRO UNZUETA SHIRIQUI, Gobernador del Departamento Autónomo del Beni, A LA REINCORPORACIÓN de los trabajadores CARLOS MANUEL VELASCO URGEL, con Cedula de Identidad No. 1917221-BN y FERNANDO VACA SALVATIERRA, con Cedula de Identidad No 1730901-BN, al mismo cargo que venía ejerciendo, con la misma remuneración que venía percibiendo, más salario devengado que corresponda la fecha de su Reincorporación” (sic [fs. 2 a 5 vta.])

II.6.    Cursa Boleta de Pago del mes de junio de 2022, de Fernando Vaca Salvatierra, por la que se establece un sueldo mensual de Bs3000.- y Bono de antigüedad Bs0.- por treinta días trabajados sueldo parcial Bs3000.- haciendo un total ganado Bs3000.-, con modalidad de contratación eventual y nivel salarial 18 (fs. 54).

II.7.    Consta Boleta de Pago del mes de junio de 2022, de Carlos Manuel Velasco Urgel, por la que determinó un sueldo mensual de Bs3000.-y Bono de antigüedad Bs0.- por veintiocho días trabajados sueldo parcial Bs3000.- haciendo un total ganado de Bs3000.- con modalidad de contratación eventual y nivel salarial 18 (fs. 55).