SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0737/2023-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0737/2023-S4

Fecha: 14-Ago-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Dentro del proceso penal seguido en contra de Alfonso Prudencio Guerrero –ahora accionante– y otros, por el Ministerio Público a instancia de Félix Carlos Jemio Bacarreza, por la presunta comisión de los delitos de desobediencia a resoluciones en procesos de hábeas corpus y amparo constitucional –ahora desobediencia a resoluciones en acciones de defensa y de inconstitucionalidad por la modificación por mandato de la Disposición Final Cuarta de la Ley 254 de 5 de julio de 2012 Código Procesal Constitucional–, desobediencia a la autoridad y enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado, el hoy impetrante de tutela mediante memorial –no consta fecha– presentado ante el Juez de Instrucción Penal Tercero del departamento de Santa Cruz, interpuso excepciones de falta de acción y extinción de la acción penal por prescripción, solicitando: a) Se declare fundada la excepción de falta de acción y se lo excluya del proceso penal seguido en su contra por la supuesta comisión del delito de enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado, y en consecuencia se ordene el archivo de obrados; y, b) Se declare fundada la excepción de extinción de la acción penal por prescripción declarando extinguida la acción penal de los delitos de desobediencia a resoluciones en acciones de defensa y de inconstitucionalidad y desobediencia de autoridad, y consiguientemente, el archivo de obrados (fs. 91 a 101).

II.2. Mediante Auto Interlocutorio 83/2019 de 9 de enero, el Juez de Instrucción Penal Tercero del departamento de Santa Cruz, resolvió declarar probadas las excepciones: 1) De falta de acción, en lo concerniente al delito de enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado, ordenando el archivo de obrados; y, 2) De extinción de la acción penal por prescripción, por los delitos de desobediencia a resoluciones en acciones de defensa y de inconstitucionalidad y desobediencia a la autoridad, disponiendo el archivo de obrados (fs. 103 a 108 vta.).

II.3. Habiendo el Ministerio Público y la Procuraduría General del Estado interpuesto recurso de apelación incidental contra el Auto Interlocutorio 83/2019, la audiencia de consideración del mismo se llevó a cabo el 2 de diciembre de 2021 (fs. 109 a 113); apelaciones que fueron resueltos por Auto de Vista 236 de la indicada fecha; por el cual, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz –hoy demandada–, determinó declarar admisibles y procedentes los recursos de apelación incidental, revocando el fallo apelado, declarando infundadas las excepciones de falta de acción y extinción de la acción penal por prescripción, presentadas por el ahora accionante; disponiendo en consecuencia, la prosecución de la causa penal (fs. 113 a 114 vta.).