SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0760/2023-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0760/2023-S2

Fecha: 02-Ago-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra José Moisés Revollo Herrera -accionante- y otros, por la presunta comisión de los delitos de falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y conducta antieconómica, por Auto Interlocutorio de 21 de febrero de 2022, el Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de la Capital del departamento de Cochabamba, declaró: 1) Fundadas las excepciones de prescripción planteadas por los imputados, entre estas por el nombrado; consecuentemente, dispuso la extinción de la acción penal de manera expresa; 2) Infundada la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso formulada por Franklin Max Pérez Jordán -tercero interesado-; 3) Fundada la excepción de extinción de la acción penal por muerte de Julio Calancha Siles -imputado-; y, 4) Infundado el incidente de actividad procesal defectuosa planteado por Jorge Isaac Daza Mendoza -tercero interesado- (fs. 3 vta. a 14).

II.2.  Cursan acta de audiencia de apelación incidental y Auto de Vista 171 de 26 de septiembre de 2022, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declarando procedentes los recursos de apelación incidental interpuestos por el Ministerio Público y Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, disponiendo que en el plazo de setenta y dos horas a partir de la devolución de los antecedentes al Tribunal de instancia, emita una nueva resolución, considerando los lineamientos desarrollados relativos al deber de fundamentación y demás presupuestos que fueron establecidos en dicha determinación, sea bajo apercibimiento del plazo explicitado, bajo conminatoria de remitirse antecedentes a los fines disciplinarios en caso de su inobservancia (fs. 15 a 27).