SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0828/2023-S3
Fecha: 01-Ago-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Auto 321/21 de 7 de junio de 2021, a través del cual Manuel Jesús Chuquimia Zeballos, ex Juez Público Civil y Comercial Noveno de la Capital del departamento de Santa Cruz, rechazó el incidente de nulidad interpuesto por Grover Favio Daza Lavarden -ahora accionante- (fs. 9).
II.2. Consta Auto 370/21 de 5 de julio de 2021, en el que el ex Juez Público Civil y Comercial Noveno de la Capital del departamento de Santa Cruz, rechazó el recurso de reposición con alternativa de apelación contra el Auto 321/21, concediendo el recurso de apelación en el efecto devolutivo ante el superior en grado (fs. 10).
II.3. A través del Auto de Vista 299/2021 de 3 de septiembre, los Vocales de la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declararon inadmisible el recurso de reposición con alternativa de apelación interpuesto por el accionante contra el Auto 321/21 de 7 de junio de 2021 (fs. 11 a 12 vta.).