SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0832/2023-S2
Fecha: 23-Ago-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta Certificación P.A.L. 247 1161/2015 de 20 de julio; así como, documento de verificación de 22 de igual mes y año (fs. 32 a 33).
II.2. Mediante la Sentencia 48/2019 de 24 de abril, se declaró probada la demanda de regularización de derecho propietario sobre bien inmueble urbano destinado a vivienda formulada por Mery Yaneth Crespo Mejía -hora accionante- (fs. 198 a 204).
II.3. Por memorial presentado el 13 de febrero de 2020, Franklin Lijerón Paz -tercero interesado-, interpuso recurso de apelación contra la aludida Sentencia, siendo este contestado el 3 de marzo de 2020 por la peticionante de tutela (fs. 263 a 266 vta. y 271 a 275 vta.).
II.4. A través del Auto de Vista 82/22 de 30 de marzo de 2022, los Vocales demandados resolvieron revocar la Sentencia 48/2019, el cual fue notificado a la impetrante de tutela el 24 de mayo de igual año (fs. 331 a 335 y 337).