SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1053/2023-S1
Fecha: 07-Sep-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 31/2022 de 20 de julio, cursante de fs. 29 a 36 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del departamento de Potosí; y, en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela respecto al derecho a la petición, conforme a los fundamentos expuestos en el presente fallo constitucional.
2° SE DISPONE que, en el plazo de veinticuatro horas de su legal notificación con la presente Sentencia, el demandado Juan Gaspar Melcón Macías, Administrador Regional de la Caja Nacional de Salud de Potosí, emita una respuesta al memorial de 27 de mayo de 2022 de forma formal, material, fundamentada y motivada, si a la fecha todavía no hubiese dado respuesta.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Se hace constar que la Magistrada Msc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo, es de Voto Aclaratorio.
Fdo. MSc. Georgina Amusquivar Moller
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- POR TANTO
- MAGISTRADA
- Que, al contrario, no se tendrá por violado el derecho de petición, cuando se la niega manifestándose el por qué no se da curso a la petición en forma positiva, pues el derecho de petición en su sentido esencial no implica que el peticionante tenga e