SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1086/2023-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1086/2023-S1

Fecha: 13-Sep-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Mediante nota de 6 de junio de 2022, suscrita por Luis Alberto Vaca Pinto Balcázar -ahora accionante- y miembros del Directorio, dirigida a Ignacio Angus Ruiz, Presidente de la Asociación de Jubilados y Rentistas de la UAGRM -ahora demandado-, solicitaron la suspensión de la convocatoria a Asamblea General a realizarse el 9 de junio de 2022, puesto que el art. 14 del Estatuto de la Asociación, no otorga facultades al Presidente de la Asociación para convocar a Asamblea General, razón por la cual el Directorio lo cita a una reunión a llevarse a cabo el 7 de igual mes y año a horas 16:00 en la Asociación de Jubilados Rentistas, para fijar la fecha de la realización de la Asamblea General y aprobar un temario específico como señala el Estatuto (fs. 3 a 4).

II.2. Por nota de 8 de junio de 2022, el ahora impetrante de tutela y otros miembros del Directorio, reiteraron al Presidente de la Asociación que el art. 14 del Estatuto establece que en su condición de Presidente no está facultado para convocar a Asamblea General (fs. 2).

II.3. A través de la nota de 5 de julio de 2022, el ahora solicitante de tutela, presentó impugnación a las elecciones a realizarse el 9 de julio de 2022, así como a los candidatos y votantes que incumplen la Ley, el Estatuto Orgánico de la Asociación de Jubilados y Rentistas de la UAGRM y el Reglamento Electoral (fs. 38 a 40).

II.4.  Cursa Acta de Asamblea General de 8 de junio de 2022, Actas de apertura de las Elecciones, de Escrutinio y Resultado Final de 9 de julio de 2022 y Acta de Posesión de los nuevos miembros del Directorio por el periodo 2022-2024 de la Asociación de Jubilados y Rentistas de la UAGRM (fs. 80 a 87 vta.).