SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0915/2023-S2
Fecha: 25-Sep-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por Auto Supremo 594/2018 de 10 de julio, la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, dispuso casar parcialmente el Auto de Vista 442/2017 de 16 de agosto, determinando mantener “…anulados los instrumentos públicos 992/97 y 993/97, de transferencia de Alberto Roda Flores a Magaly Gómez Álvarez por 11 hectáreas…” (sic), señalando que se salvan los derechos de los terceros compradores de buena fe, aquello en mérito a lo establecido por el art. 599 del CC; disponiendo que se proceda con la restitución de 4.4600 ha a favor de Oliver Ronny Cuéllar Roda, o en su defecto se cancele el valor comercial correspondiente (fs. 940 a 952 vta.).
II.2. A través de Auto de 20 de enero de 2020, el Juez Público Civil y Comercial Decimotercero de la Capital del citado departamento -ahora demandado-, determinó ordenar “…desapoderamiento, debiendo librarse el mandamiento a ejecutarse por el oficial de diligencias con orden de allanamiento y ayuda de la fuerza pública…” (sic [fs. 801]).
II.3. Mediante Sentencia 61/2021 de 22 de octubre, la Jueza de Sentencia Penal Decimocuarta de la Capital del mencionado departamento, declaró culpable a Magaly Gómez Álvarez por la comisión del delito de estelionato previsto y sancionado en el art. 337 del Código Penal (CP), imponiendo una pena privativa de libertad de tres años y ocho meses (fs. 953 a 960 vta.).