SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2024-S3
Fecha: 26-Ene-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Nota presentada el 17 de mayo de 2023, Boris Gustavo Arias Arias Pizarro -hoy accionante- dirigida al Director Distrital de La Paz-3, Bernardo Yapita Calle -ahora accionado-, solicitó se tomen medidas preventivas, correctivas ante el maltrato psicológico, gritos, amedrentamientos de “estas dos señoras” -Valentina Victoria Pando Quispe y Rosario Maldonado Guarachi, Directora y Profesora de tercero de primaria, ambas de la Unidad Educativa “Genaro Gamarra”- hacia el menor de edad AA -hoy accionante-, ordenando que se le entregue inmediatamente la libreta del primer trimestre del mencionado menor de edad. Asimismo, en la parte final señaló su número de celular 76741943 (fs. 5 a 7).
II.2. Por Carta presentada el 17 de mayo de 2023, la parte accionante solicitó al Director Distrital hoy accionado que ordene a la Directora de la Unidad Educativa “Genaro Gamarra” se le entregue inmediatamente la libreta del primer trimestre del menor de edad AA. Asimismo, en la parte final se señaló su número de celular 76741943 (fs. 8).
II.3. Mediante memorial presentado el 5 de octubre de 2023, la parte accionante, ante las denuncias presentadas por maltrato infantil, psicológico, físico al menor de edad AA, en reiteradas oportunidades vía celular al Director Distrital hoy accionado, y de manera formal el 17 de mayo de ese año, solicitó respuesta documentada, citando el art. 24 de la CPE, señalando en el otrosí primero, el contenido de violencia contra el referido menor de edad, y en el otrosí segundo, Edificio Hansa, sin número, piso 12, oficina 3, “Estudio jurídico Arias Pizarro y Asociados” en plena Av. Mariscal Santa Cruz y Yanacocha de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz-Bolivia, correo electrónico [email protected], más celular 76741943, y ciudadanía digital 3492219 (fs. 9 a 10 vta.).
II.4. Por Nota con CITE: DDELP - 3 023/2023 de 22 de mayo, dirigida a la parte accionante, el Director Distrital hoy accionado, respondió a la Nota de 17 de igual mes de 2023 (fs. 57 y 58).
II.5. Mediante Nota con CITE: DDELP - 3 050/2023 de 18 de octubre, el Director Distrital hoy accionado, respondió al memorial de 5 de igual mes de 2023 (fs. 59 y 60).
II.6. A través de la Resolución D.D.E.LP-3/TD 68/2023 de 22 de mayo, el Tribunal Disciplinario de la Dirección Distrital de Educación de La Paz-3, resolvió instaurar el proceso disciplinario contra Valentina Victoria Pando Quispe, Profesora de la Unidad Educativa “Genaro Gamarra”, por la supuesta contravención y/o comisión cometida, establecida por el art. 10 inc. e) de la RS 212414 -tipificación de faltas graves- referente al hostigamiento, las represalias o la reprobación del año escolar a causa de reclamaciones de los padres de familia o de las asociaciones de padres de familia; y, por el art. 11 inc. m) de la citada Resolución Suprema -tipificación de faltas graves- respecto a la invitación al uso de substancia indebidas y peligrosa, corrupción, acoso sexual, estupro, violencia o intimidación física o psíquica, violación y organización de bandas delincuenciales. Asimismo, se instauró proceso disciplinario contra Rosario Maldonado Guarachi, Directora de dicha Unidad Educativa por la supuesta contravención y/o comisión cometida, establecida por el art. 10 inc. ll) de esa Resolución Suprema -tipificación de faltas graves- en cuanto a la ineptitud o la ineficiente labor manifiesta en la función y gestión administrativa de la educación (fs. 61 a 62 vta.).