SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2024-S1
Fecha: 22-Oct-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por escritos presentados el 4 y 29 de marzo de 2022, Paola Pozo Leaño, ahora accionante, pidió al Vicerrector de la UMRPSFXCH, certificación acerca de las razones que hasta esa fecha impiden nombrar tribunal y cumplir la Resolución Jerárquica 04/2021 de 26 de mayo, que ordenaba proseguir un trabajo dirigido en FANCESA S.A.; y, su “ratificación” -ó reiteración- (fs. 65 y 66). Posteriormente, por memorial de 11 de mayo de igual año, también, dirigido a la indicada autoridad, la impetrante de tutela hizo referencia que en atención al Oficio FCTSC-147 de 4 de abril, del Decano de la Facultad de Ciencias Tecnológicas de la Salud dirigida al Vicerrector, pidiendo designe tribunal con docentes de áreas afines, de otras unidades académicas, al que la accionante se allanó, con la diferencia que dicha designación de tribunal y tutor no sea para iniciar un nuevo trabajo, sino para permitir la culminación de tesis con el tema “Influencia del plan dietético en el aumento de masa muscular, en mujeres de 20 a 40 años de edad que asisten al Gimnasio Go Fit” (fs. 67 a 68 vta.); finalmente por el memorial de 26 de mayo de ese año, la impetrante de tutela ratifica su pedido de atención en el proceso de su graduación irresuelto y respuesta a sus anteriores memoriales (fs. 69).
II.2. Se tiene Manifiesto Público 1/2022 de 23 de junio, suscrito por Yolanda Eugenia Quispe Jurado, María Guevara Olimpia y Weimar Hinojosa Carbaja, Presidenta, Secretaria General y, Secretario de Conflictos, respectivamente, todos de la Célula de Docentes de la Facultad de Ciencias Tecnológicas de la Salud de la UMRPSFXCH, ahora terceros interesados, por el que manifiestan su rechazo contra la Resolución Disciplinaria 01/2022 -de 14 de junio- del TPPU, que habiendo ya concluido su mandato, actúa sin tener legalidad y legitimidad, procesando nuevamente a Elizabeth Flores Andrade y Ana Patricia Thorrez Michel, denigrando su integridad como docentes universitarias, por lo que expresan su malestar indicando que “…todo lo referente que afecta nuestras colegas, faltando francamente ante lo señalado, que deriva en la afectación directa de los derechos constitucionales, en su salud física emocional y familiar. Situación que no permitirían, este atropello y anunciamos firmemente el apoyo incaudible, con medidas de hecho al iniciar con el ESTADO DE EMERGENCIAS, en caso de no acceder a nuestra PETICIÓN: ratificar la resolución de apelación TA-09/2021 ó de revocarse la resolución N° 01/2022” (sic [fs. 9 a 10]); el mismo que a través del Of. Rectorado 0822 de 4 de julio de 2022, fue remitido por Sergio Milton Padilla Cortez, Rector de la UMRPSFXCH al Presidente del TPPU (fs. 11).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- II.3. Mediante memorial presentado el 27 de octubre de 2022, dirigido al Rector de la UMRPSFXCH, con referencia “Documentación e informe que se solicita”, la accionante a través de su representante legal, pidió lo siguiente: a) Proporcione la docu