SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0685/2024-S1
Fecha: 28-Oct-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Nota Cite 245/2021 de 13 de diciembre, por el cual Juan José Fernández Herrera, representante legal INTECONS SRL -ahora accionante- se dirige a Johnny Daniel Plata Arispe, Gerente de GRACO La Paz -ahora demandado-, solicitando “Información” sobre los detalles de los Impuestos pendientes de Pago y las notificaciones, el estado de estas que corresponden a los impuestos pendientes de pago (fs. 44).
II.2. Mediante Nota Cite 047/2022 de 23 de mayo, con sello de recepción por el Servicio de Impuestos Nacionales en la misma fecha, el Representante Legal de INTECONS SRL, se dirige al Gerente GRACO La Paz, solicitando se extienda detalle de deudas tributaria, por Títulos de Ejecución y un detalle de la situación en la que se encuentra cada uno de los Títulos de Ejecución Tributaria (si cuenta con Sanción, Agravantes y Medidas), y el detalle de la deuda actualizada al 26 de mayo de 2022, dicha certificación no sea tomada como una Certificación de Adeudos tributarios, sino información a la cual tiene derecho en el marco del art. 68.1 del CTB a fin de analizar cuáles son las opciones de pago y otros que pudiera asumir, además, solicito que en tanto no se otorgue dicha información se suspenda las notificaciones de cualquier acto y las medidas de ejecución, para evitar el quiebre de la empresa, asimismo resguardando la deuda tributaria y los bienes (fs. 54).
II.3. Cursa Nota de 26 de mayo de 2022 con fecha de recepción 27 de igual mes y año, dirigida al ahora demandado, por el cual, el representante legal de INTECONS SRL, solicita la suspensión y el levantamiento de las medidas cautelar y de ejecución contra la empresa, bajo los siguientes argumentos:
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA | FORMULARIO/NUMERO DE RESOLUCIÓN | PERIODO
- TITULO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA
- II. CONCLUSIONES
- “…Ello tiene su razón en el entendido que la empresa a la cual represento fue notificada inicialmente con la Orden de Fiscalización 19990100020, es así que durante este procedimiento por un mal asesoramiento de esa área se me llevo a realizar una Dec