SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0703/2024-S2
Fecha: 26-Nov-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro la tercería de dominio excluyente formulada por Adolfo Rodríguez Arce- ahora tercero interesado- en el proceso de estructura monitoria de resolución de contrario por incumplimiento -de la obligación- de pago seguido por Hernán Jallaza Viracochea -hoy impetrante de tutela- contra “Wendes Servicios Integrales y Catering”, por memorial presentado el 7 de julio de 2022, el referido demandante interpuso recurso de compulsa contra el Auto de 27 de junio de igual año, que rechazó el recurso de apelación que formuló contra el Auto de 11 de febrero de igual año, que declaró probada dicha tercería (fs. 18 a 20 vta.).
II.2. Por Auto de “Compulsa” -de Vista- 6/2022 de 21 de julio, dictado por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia Segunda, conformada por Ingrid Aurora Arízaga Flores, entonces Vocal de su similar “Primera”; y, con la convocatoria de Juan Carlos Ramírez Flores, Vocal de la Sala Penal Primera, ambos del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí -hoy accionados-, se declaró ilegal el recurso de compulsa interpuesto por el ahora peticionante de tutela (fs. 21 a 23 vta.).