SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0910/2024-S3
Fecha: 14-Nov-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Sentencia 289/2022 de 1 de junio, emitida por el Juez Público Civil y Comercial Vigesimotercero de la Capital del departamento de La Paz, que declaró probada la demanda coactiva interpuesta por Julio Alejandro Artola Borjes en representación legal de la Empresa Boliviana de Obras Subterráneas S.R.L. -ahora tercera interesada- contra la Empresa Constructora ROYAL S.R.L. -hoy accionante- (fs. 129 a 132 vta. del Anexo 1).
II.2. Por memorial presentado el 2 de septiembre de 2022, ante el Juez Público Civil y Comercial Vigesimotercero de la Capital del departamento de la Paz, la empresa ahora accionante a través de su representante legal interpuso excepciones de prescripción, cosa juzgada y falta de fuerza coactiva; así como la extinción del proceso por inactividad procesal, pidiendo se declare probadas las mismas (fs. 170 a 174 vta. del Anexo 1).
II.3. Consta Sentencia Definitiva 578/2022 de 21 de noviembre, emitida por el Juez Público Civil y Comercial Vigesimotercero de la Capital del departamento de la Paz, mediante la cual, entre otras determinaciones, declaró improbados el incidente de extinción del proceso por inactividad procesal y las excepciones de falta de fuerza coactiva y cosa juzgada, así como la demanda coactiva interpuesta por la empresa ahora tercera interesada; y, probada la excepción de prescripción bienal, dejando además, sin efecto la Sentencia 289/2022 (fs. 1134 a 1142 vta. del Anexo 6).
II.4. A través de memorial presentado el 2 de diciembre de 2022, la empresa hoy tercera interesada a través de su representante legal, interpuso recurso de apelación en parte contra la Sentencia Definitiva 578/2022, solicitando que el Tribunal de alzada declare improbada la excepción de prescripción bienal (fs. 1172 a 1189 del Anexo 6).
II.5. Por Auto de Vista D-672/2023 de 1 de septiembre, Teodoro Paúl Molina Salazar y Eddy Arequipa Cubillas, Vocales de la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -hoy accionados-, entre otros aspectos, revocaron la Sentencia Definitiva 578/2022 y declararon improbada la excepción de prescripción bienal interpuesta por la empresa accionante, y probada la demanda coactiva civil (fs. 1203 a 1205 vta. del Anexo 6); Auto de Vista que fue notificado a la empresa accionante el 27 de noviembre de 2023 (fs. 1206 del Anexo 6).