SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL
0908/2024-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0908/2024-S3

Fecha: 08-Nov-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Los ahora terceros interesados Osvaldo Ribera Gutiérrez, por su parte, a través del memorial de 12 de julio de 2023; y, Blanca María Leigue de Ribera, de su parte, mediante memorial de 25 de igual mes y año, solicitaron saneamiento procesal (fs. 227 a 228; y, 243 y vta.).

II.2.  Cursa acta de audiencia de juicio oral de 12 de septiembre de 2023, del proceso extraordinario de interdicto de conservar la posesión, seguido por Osvaldo Ribera Gutiérrez contra Juan Sebastián Atilio Paz Quaino; y, Auto 776/23 de la misma fecha, por el cual la Jueza Pública Civil y Comercial Decimoséptimo del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dispuso el saneamiento procesal dentro de la causa señalada al exordio, la nulidad de obrados hasta “fs. 57” con la salvedad de la producción de pruebas de la inspección judicial de 3 de julio del mismo año; y, otorgó el plazo de setenta y dos horas al demandante para que adecué su pretensión (fs. 342 a 365).

II.3. Contra el Auto citado en el acápite anterior, el accionante interpuso recurso de apelación el 15 de septiembre de 2023 (fs. 380 a 390); el cual fue resuelto mediante el Auto de Vista 30 de 1 de abril de 2024, que confirmó el Auto 776/23 de 12 de septiembre (fs. 680 a 683); resolución que mereció la solicitud de complementación y enmienda impetrada por el accionante (fs. 685 a 688); que obtuvo el Auto de Vista 35 de 10 de igual mes y año, por el cual se declaró no ha lugar (fs.  689 y vta.).