SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0796/2024-S4
Fecha: 21-Nov-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. A través de Resolución Final de Proceso Sumario Administrativo Interno 003/2020 de 21 de enero, René Israel Ponce Pérez, Autoridad Sumariante de Chuquisaca y Potosí de YPFB, resolvió determinar la responsabilidad administrativa de Ángel Barrón Rojas, Erik Nelson Borja Canedo –hoy accionantes–, Isidoro Cuellar Lelarge, Oscar Eduardo Padilla Rosales –ahora terceros interesados–, Alfonso Carvajal Padilla y Franklin Espíndola Candía, sancionando a los dos primeros con destitución, por haber contravenido lo previsto por los arts. 7 y 8 del Reglamento Interno de YPFB (fs. 46 a 57).
II.2. Mediante Resolución de Recurso de Revocatoria 003/2020 de 14 de diciembre, René Israel Ponce Pérez, Autoridad Sumariante de Chuquisaca y Potosí de YPFB, en respuesta al recurso de revocatoria interpuesto por los impetrantes de tutela contra la Resolución Final de Proceso Sumario Administrativo Interno 003/2020 de 21 de enero, dispuso ratificar la misma, quedando firme y subsistente; así como, las razones fácticas, legales y todos los antecedentes que sustentan el indicado acto procesal, con la aclaración referida a la condición de dirigentes sindicales de los recurrentes (fs. 89 a 94).
II.3. Por memorial presentado el 8 de enero de 2021, Ángel Barrón Rojas planteó recurso jerárquico contra la Resolución de Recurso de Revocatoria 003/2020 de 14 de diciembre; emitiéndose posteriormente, la Resolución de Recurso Jerárquico PRS 00118 de 16 de mayo de 2022; a través de la cual, Armin Ludwing Dorgathen Tapia, Presidente Ejecutivo a.i. de YPFB –ahora demandado–, determinó confirmar íntegramente el fallo recurrido; decisión ratificada in extenso mediante Autos de 23 de diciembre de 2022, emitidos en respuesta a las solicitudes de aclaración y explicación de dicho fallo, impetradas por los accionantes (fs. 95 a 134; 139 a 168; y, 169 y 170).