SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2024-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2024-S2

Fecha: 04-Dic-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público de oficio contra Rodolfo Augusto Rodríguez Oropeza, Mauricio Alejandro Bruzzone Herrera y Ricky Blas Freese Rodríguez -hoy accionantes-, por la presunta comisión del delito tenencia y porte o portación ilícita, el 22 de julio de 2022, Ingrid Rocío Feraudi Guerra, Fiscal de Materia -hoy coaccionada-, emitió Resolución de Imputación Formal O.A.M.C. 74/2022 y requirió la aplicación de medidas cautelares de carácter personal consistentes en la detención preventiva (fs. 43 a 55).

II.2. A través de Resolución 206/2022 de 22 de julio, Luis Fernando García Mamani, Juez de Instrucción Penal Séptimo de la Capital del departamento de La Paz -hoy coaccionado-, en lo central, determinó la detención preventiva de los ahora impetrantes de tutela en el Centro Penitenciario de San Pedro de La Paz, por el plazo de tres meses; determinación contra la cual la defensa técnica de los nombrados de conformidad con el art. 251 del CPP modificado por el art. 11 de la Ley 1173 interpuso recurso de apelación incidental (fs. 137 a 144).

II.3. Por Resolución 213/2022 de 28 de julio, el Juez coaccionado: “…DISPONE Y DETERMINA DECLARAR INFUNDADO EL INCIDENTE DE ACTIVIDAD PROCESAL DEFECTUOSA MEDIANTE EL CUAL HA SOLICITADO LA NULIDAD DE LA IMPUTACIÒN FORMAL, LAS DECLARACIONES, LA ACCIÓN DIRECTA, EL ACTA DE RECEPCIÓN DE INDICIOS MATERIALES DENTRO DEL PRESENTE CASO, disponiéndose la prosecución de la presente investigación conforme corresponde a procedimiento” (sic); ante la cual, el abogado de los ahora peticionantes de tutela, conforme a los arts. 403 y 404 del CPP, modificado por el art. 16 de la Ley 1173, formuló recurso de apelación incidental (fs. 145 a 151).