SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2024-S2
Fecha: 12-Mar-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 279/2023 de 24 de octubre, cursante de fs. 60 a 68, pronunciada por el Juez de Sentencia contra la Violencia hacia la Mujer Cuarto de la Capital del departamento de La Paz; y, en consecuencia:
1º DENEGAR a tutela solicitada, conforme las razones y fundamentos expuestos en el presente fallo constitucional, y con la aclaración de que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.
2º Exhortar a Harry Cesar Suaznabar Díaz, Juez de Sentencia contra la Violencia hacia la Mujer Cuarto de la Capital del departamento de La Paz, quien fungió como Juez de garantías en la presente acción tutelar; conforme lo desarrollado en el Fundamento Jurídico III.3 de este fallo constitucional.
3º Se dispone que por Secretaría General se notifique a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, dependiente del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz con el presente fallo constitucional, a objeto de que dicha instancia, en el marco de sus atribuciones conferidas en el art. 188 del Código Niña, Niño y Adolescente, adopte las acciones pertinentes a los fines de dilucidar el origen de las lesiones advertidas en el menor de edad AA y de así corresponder, procure la investigación y/o procedimiento respectivo en caso de advertirse responsabilidad.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas