SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2024-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2024-S2

Fecha: 22-Mar-2024

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve:

1º    ANULAR obrados hasta el señalamiento de día y hora de audiencia de consideración de la acción de libertad.

2º    Disponer que el Juez de Instrucción, Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz, ordene la citación efectiva de Gabriela Marzana, Directora de la Unidad Educativa Montessori de la ciudad de La Paz; y de conformidad con los fundamentos jurídicos de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, celebre la audiencia de garantías en apego a la norma procesal constitucional.

   Dimensionar los efectos del presente fallo constitucional, manteniendo subsistentes los efectos de lo decidido en el párrafo segundo de la Resolución 745/2023 de 10 de diciembre, cursante de fs. 133 a 137, dictada por el Juez de Instrucción, Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz, solo en lo que hace a asegurar la continuidad educativa del menor de edad BB, hasta la dilucidación y pronunciamiento de fondo sobre la presente causa en instancia de la señalada autoridad judicial, que funge como Juez de garantías; ello, con base en los fundamentos y razones expuestas en el acápite III.3.1 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional.

   Llamar la atención a Mario Helmer Laura Picavia, Juez de Instrucción, Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz, por los motivos expuestos en los Fundamentos Jurídicos III.3 y III.4 del presente fallo constitucional.

   Llamar la atención a Enrique Velásquez Guarachi, Gestor de la Oficina Gestora de Procesos del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por los motivos expuestos en el Fundamento Jurídico III.3 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas